SAP Toledo 1/2016, 16 de Junio de 2016

PonenteALFONSO CARRION MATAMOROS
ECLIES:APTO:2016:596
Número de Recurso4/2016
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución1/2016
Fecha de Resolución16 de Junio de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

TOLEDO

SENTENCIA: 00001/2016

Rollo Núm. ............. 4/2016.-Juzg. Instruc. Núm. 1 de Torrijos.-J. Delito Leve Núm. ....... 3/2015.-TESTIMONIO

SENTENCIA NÚM. 1

AUDIENCIA PROVINCIAL DE TOLEDO

SECCIÓN SEGUNDA

Ilmo. Sr. Magistrado:

D. ALFONSO CARRIÓN MATAMOROS

En la Ciudad de Toledo, a dieciséis de junio de dos mil dieciséis.-Esta SECCION SEGUNDA de la Ilma. Audiencia Provincial de Toledo, constituida por el Sr. Magistrado expresado en el margen, ha pronunciado, EN NOMBRE DEL REY, la siguiente,

SENTENCIA

Ante esta Audiencia Provincial se ha visto el presente recurso de apelación penal, Rollo de la Sección número 4 de 2016, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción Núm. 1 de Torrijos, por una delito leve de injurias, en el Juicio por Delito Leve Núm. 3/2015, en el que han intervenido, como apelante Fulgencio, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Sánchez Bartolomé; y como apelados el Ministerio Fiscal y Vanesa, defendido por el Letrado Sr. Palomo Vaquerizo.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción Núm. 1 de Torrijos, con fecha 15 de diciembre de 2015, se dictó sentencia en el juicio por el delito leve de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que debo condenar y condeno a Fulgencio como autor penalmente responsable de un delito de vejaciones injustas de carácter leve del art. 173.4 CP en relación con el art. 173.2 a la pena de CINCO DIAS DE LOCALIZACION PERMANENTE, y la prohibición de aproximarse a Vanesa, a su domicilio o lugar de trabajo, a una distancia inferior a 300 metros así como la PROHIBICIÓN DE QUE SE COMUNIQUE con ella por cualquier medio, sea verbal, escrito, telefónico, telemático, informático o mediante gestos visuales a distancia, por un plazo que se sitúa en el máximo de 6 meses, con imposición de las costas causadas en el presente procedimiento".- SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por Fulgencio, dentro del término establecido se interpuso recurso de apelación formulando por escrito sus motivos de impugnación, y recurso del que se dio traslado al resto de las partes, que le contestaron por escrito, los que fueron unidos al correspondiente procedimiento, y efectuado se remitió a esta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo y nombrado Ponente, quedaron vistas para dictar resolución.- SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los hechos probados, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son

HECHOS PROBADOS

Se declara probado que "del conjunto de la prueba practicada resulta probado y así se declara que el día 14 de diciembre de 2015, en hora no determinada el denunciado Fulgencio, cuando llegó al domicilio que compartía con su pareja sentimental Vanesa sito en la CALLE000 Nº NUM000 de el Casar de Escalona (Toledo) inició una discusión con la denunciante en el curso de la cual con ánimo de perturbar el estado de ánimo de la denunciante, profirió expresiones tales como "zorra, puta, que era una vaga y que no valía ni una puta mierda" ".-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre la representación procesal de Fulgencio la sentencia de instancia aduciendo como motivo el error en la valoración de la prueba, ante las versiones contradictorias que ofrecen las partes entendiendo que la versión de la víctima no resulta verosímil, pues debería haberse interpretado la discusión que tuvo el acusado con su mujer dentro del contexto de las discusiones y teniendo en cuenta el acaloramiento de la situación, de forma que tales expresiones carecen, a juicio de la parte, de la gravedad y seriedad suficiente para condenar al acusado por el delito leve de vejaciones injustas, vulnerándose el principio de presunción de inocencia, y solicita que sea absuelto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Castilla y León , 30 de Enero de 2017
    • España
    • 30 Enero 2017
    ...el Recurso de Suplicación núm. 2399 de 2.016, interpuesto por INSS Y TGSS contra sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1 de PONFERRADA (Autos: 1/16) de fecha 16/06/2016, en demanda promovida por Bárbara contra INSS Y TGSS, sobre INCAPACIDAD PERMANENTE, ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR