STSJ Galicia 3969/2016, 29 de Junio de 2016
Ponente | ISABEL OLMOS PARES |
ECLI | ES:TSJGAL:2016:4528 |
Número de Recurso | 4043/2015 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 3969/2016 |
Fecha de Resolución | 29 de Junio de 2016 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939 Fax: 881881133 /981184853
NIG: 36038 44 4 2015 0000511 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0004043 /2015 PM-A
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000128 /2015
Sobre: ACCIDENTE
RECURRENTE/S D/ña INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL
RECURRIDO/S D/ña: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERGAS, INSTITUTO
SOCIAL DE LA MARINA, Noelia
ABOGADO/A: ALBERTO MUÑOZ RODRIGUEZ
ILMO. SR. D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA
PRESIDENTE
ILMA. SRA. Dª. ISABEL OLMOS PARÉS
ILMA. SRA. Dª. RAQUEL NAVEIRO SANTOS
En A CORUÑA, a veintinueve de Junio de dos mil dieciséis.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NO MBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 4043/2015, formalizado por el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 3 de PONTEVEDRA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000128 /2015, seguidos a instancia de Noelia frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERGAS, INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA, siendo Magistrado- Ponente el/la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ISABEL OLMOS PARÉS.
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D/Dª Noelia presentó demanda contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, SERGAS, INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha veintitrés de Junio de dos mil quince .
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
Doña Noelia, con D.N.I. NUM000 está afiliada al Régimen Especial de Trabajadores del Mar con el número NUM001 teniendo como actividad la (le mariscadora de a pie, adscrita a la Cofradía de Pescadores A Pastoriza en Vilanova de Arousa. Simultáneamente viene ejerciendo el cargo de Patrona Mayor de la Cofradía.
En fecha 10 de noviembre de 2014 sobre las 12:00 horas la demandante se encontraba trasladando marisco desde la playa a la lonja en el vehículo de la Cofradía cuando sufrió un accidente de circulación al colisionar con otro coche, siendo diagnosticada de esguince, torcedura de cuello, iniciando situación de incapacidad temporal en la misma fecha Por contingencias profesionales con parte de accidente de trabajo que fue devuelto por el I.S.M. Fue dada de alta por mejoría en fecha 19 de febrero de 2015. TERCERO.- La demandante solicitó el reconocimiento a percibir el correspondiente subsidio de incapacidad temporal derivado de accidente laboral que fue denegado en fecha 3 de diciembre de 2014, siéndole reconocida la contingencia de accidente no laboral por resolución de 11 de diciembre (le 2014. Frente a esta decisión interpuso la actora reclamación previa que fue desestimada en fecha 10 de febrero de 2015.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
Estimando la demanda interpuesta por DOÑA Noelia frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y SERGAS declaro el proceso de incapacidad temporal iniciado el 10 de noviembre de 2014 como derivado de accidente (le trabajo, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración y al abono de la prestación de conformidad con la base reguladora correspondiente.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandada, no siendo impugnado de contrario. Elevados los...
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ATS, 25 de Abril de 2017
...por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de fecha 29 de junio de 2016, en el recurso de suplicación número 4043/2015 , interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de los de Ponteve......