SAP A Coruña 371/2016, 8 de Junio de 2016
Ponente | ANGEL JUDEL PRIETO |
ECLI | ES:APC:2016:1521 |
Número de Recurso | 473/2016 |
Procedimiento | PENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 371/2016 |
Fecha de Resolución | 8 de Junio de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
A CORUÑA
SENTENCIA: 00371/2016
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de A CORUÑA
Domicilio: RÚA CAPITAN JUAN VARELA, S/N
Telf: 981.182067-066-035 Fax: 981.182065
MA
Modelo: 001200
N.I.G.: 15030 43 2 2014 0011148
ROLLO: ADL APELACION JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000473 /2016
Juzgado procedencia: XDO. INSTRUCIÓN N. 3 de A CORUÑA
Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0001347 /2014
RECURRENTE: Adriano Adriano
Procurador/a:
Abogado/a:
RECURRIDO/A: EL MINISTERIO FISCAL
Procurador/a:
Abogado/a:
EL ILMO. SR.D. ÁNGEL MARÍA JUDEL PRIETO, como Tribunal unipersonal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña, ha pronunciado.
EN NOMBRE DEL REY la siguiente:
S E N T E N C I A
En A CORUÑA, a 8 de junio de 2016.
En el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción número 3 de A Coruña, en juicio de delito leve nº 1347/14, sobre LESIONES, figurando como apelante Adriano, y como apelado MINISTERIO FISCAL .
Que en el juicio de delito leve aludido se dictó sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Herminia y a Adriano como autores de una falta de lesiones prevista y penada en el artículo 617 del CP a la pena, para cada uno de ellos, de un mes de multa a razón de cinco euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, debiendo indemnizar Herminia a Patricia en la cantidad de cincuenta euros y Herminia a Eulalio en a cantidad de cincuenta euros, condenándoles igualmente al pago de las costas que se hubieren causado.".
Que notificada dicha sentencia a las partes, se interpuso contra la misma en tiempo y forma, recurso de apelación por Adriano, que le fue admitido en ambos efectos, y una vez efectuados los traslados que establece el artículo 790-5º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las restantes partes, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, para su resolución, correspondiendo por reparto a esta Sección Primera con el número de Rollo 473/16.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones y formalidades legales.
HECHOS PROBADOS
Como tales expresamente se declaran y solo a efectos formales los consignados en la sentencia apelada, que se dan por reproducidos en la presente resolución.
Dictada sentencia condenatoria con fecha 24-11-2014 (sendas faltas de lesiones del artículo 617), la misma es sucesivamente notificada a Herminia, y a los perjudicados Patricia y Eulalio (28-11-2014); también al recurrente Adriano quien en documento de 1-12-2014...
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