SAP Barcelona 310/2016, 4 de Mayo de 2016

PonenteRAQUEL ALASTRUEY GRACIA
ECLIES:APB:2016:4597
Número de Recurso945/2014
ProcedimientoRECURSO DE APELACIÓN
Número de Resolución310/2016
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 12ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Duodécima

ROLLO Nº 945/2014-R

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 17 BARCELONA

MODIFICACIÓN MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO NÚM. 807/2013

S E N T E N C I A Nº 310/16

Ilmos. Sres.

DON JUAN MIGUEL JIMENEZ DE PARGA GASTON

DON JOSÉ PASCUAL ORTUÑO MUÑOZ

DOÑA RAQUEL ALASTRUEY GRACIA

En la ciudad de Barcelona, a cuatro de mayo de dos mil dieciseis.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Duodécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modificación medidas supuesto contencioso, número 807/2013 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 17 Barcelona, a instancia de D. Herminio, representado por el procurador D. ROMAN VILLALBA RODRIGUEZ y dirigido por la letrada DOÑA Justa, contra DOÑA Teresa, representada por el procurador

D. ALBERT RAMENTOL NORIA y dirigido por el letrado D. ANTONI GISPERT ROCA; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte contra la Sentencia dictada en los mismos el día 19 de mayo de 2014, por el Juez del expresado Juzgado.Habiendo tenido la debida intervención el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por D. Herminio, frente a Dña. Teresa y, a su vez, estimo en parte la demanda formulada por Dña. Teresa frente a D. Herminio y, en su virtud, debo modificar: 1º.- la medida establecida en la sentencia de divorcio de mutuo acuerdo dictada el 10 de febrero de 2010 en el procedimiento nº 821/2009 por el Juzgado de 1ª Instancia nº 17 de Barcelona por la que padre había de abonar en concepto de alimentos la suma de 540 euros mensuales en el sentido de declarar extinguida dicha obligación, y establecer una pensión alimenticia, con cargo a la madre de 540€/mes a pagar por meses anticipados dentro de los cinco primeros días de cada mes, en la cuenta que al efecto le facilite el Sr. Herminio

. Cada año se procederá a una revisión de la pensión en razón de las variaciones experimentadas en el IPC que publique INE u Organismo que lo sustituya a nivel nacional. Los gastos extraordinarios serán abonados a razón de 50%, entendiendo por tales los consensuados, los autorizados judicialmente y los urgentes, incluyendo los gastos médicos necesarios no cubiertos por la Seguridad Social.

No se hace especial condena en costas".

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte mediante su escrito motivado; se dio traslado a la contraria, con el resultado que obra en las actuaciones y se elevaron las mismas a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 28 de abril de 2016.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña RAQUEL ALASTRUEY GRACIA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre por la representación de la demandada la sentencia de 19 de mayo de 2014 que modifica las medidas adoptadas por ambos cónyuges con motivo de su divorcio y que se incorporaron a la sentencia de 10 de febrero de 2010, impugnando el pronunciamiento que establece que la pensión alimenticia que se fijó a cargo del padre en tanto la custodia del hijo la ostentaba la madre, pase a ser obligación de la madre en la misma cantidad por cuanto el hijo ha pasado a vivir de forma permanente con el padre. La madre, considera que siendo el hijo mayor de edad hubiera resultado más ajustado a derecho señalar que los gastos del hijo debían sufragarse al 50% por ambos progenitores. Al recurso se ha opuesto la parte contraria.

SEGUNDO

En el proceso de instancia el Sr. Herminio, alegaba que el hijo común Juan Antonio, que aunque mayor de edad no es independiente economicamente, había pasado a convivir con su padre el mes de junio de 2013 por lo que solicitaba que se extinguiera su obligación de...

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