ATS, 20 de Julio de 2016

PonenteANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO
ECLIES:TS:2016:7211A
Número de Recurso2257/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución20 de Julio de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinte de Julio de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

La representación procesal de Banco Santander, S.A. interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 9 de abril de 2014 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 13.ª) en el rollo de apelación n.º 291/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 678/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Granollers.

SEGUNDO

Por Diligencia de Ordenación de 15 de septiembre de 2014 se tuvo por interpuesto el recurso y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.

TERCERO

Formado el rollo de Sala, el procurador don Eduardo Codes Feijoo, en nombre y representación del Banco Santander, S.A., presentó escrito con fecha 18 de septiembre de 2014 personándose en calidad de parte recurrente; y el procurador don Jorge Laguna Alonso, en nombre y representación de Estampaciones Metálicas Jom, S.L., presentó escrito con fecha 29 de octubre de 2014 personándose en calidad de parte recurrida y oponiéndose a la admisión del recurso.

CUARTO

La parte recurrente efectuó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª LOPJ .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Fernando Pantaleon Prieto

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto al amparo del ordinal 3.º del art. 477.2 LEC por la representación procesal de Banco Santander, S.A., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos.

SEGUNDO

No procede en este momento hacer pronunciamiento sobre las causas de inadmisión alegadas por la parte recurrida, sin perjuicio de lo que pueda acordarse en sentencia.

TERCERO

De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Banco Santander, S.A. contra la sentencia dictada con fecha 9 de abril de 2014 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 13.ª) en el rollo de apelación n.º 291/2013 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 678/2012 del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Granollers.

  2. Entregar copia del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra este Auto no cabe recurso.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR