ATS, 20 de Julio de 2016

JurisdicciónEspaña
Fecha20 Julio 2016
EmisorTribunal Supremo, sala primera, (Civil)

AUTO

En la Villa de Madrid, a veinte de Julio de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

Por la representación procesal de Cisternas Hermanos Sánchez Lázaro S.L., D. Leopoldo y D. Patricio con fecha 7 de noviembre de 2013 se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia dictada, en fecha 4 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 4.ª), en el rollo de apelación n.º 879/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 1080/2011 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Terrassa.

SEGUNDO

Por diligencia de ordenación de fecha 12 de noviembre de 2013 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. Álvaro Ignacio García Gómez, en nombre y representación de Cisternas Hermanos Sánchez Lázaro S.L., D. Leopoldo y D. Patricio , presentó escrito personándose en calidad de parte recurrente. El procurador D. Argimiro Vázquez Guillén en nombre y representación de Unim Banc S.A., presentó escrito ante esta Sala con fecha 18 de noviembre de 2013 personándose en calidad de parte recurrida.

CUARTO

Por la parte recurrente se han efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Antonio Seijas Quintana

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de "Cisternas Hermanos Sánchez Lázaro S.L.", D. Leopoldo y D. Patricio al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 de la LEC .

SEGUNDO

De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 de la LEC , entréguense copias del escrito de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Cisternas Hermanos Sánchez Lázaro S.L., D. Leopoldo y D. Patricio contra la sentencia dictada, en fecha 4 de octubre de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 4.ª), en el rollo de apelación n.º 879/2012 dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 1080/2011 del Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Terrassa.

  2. ) Y entréguense copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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