SAP Cantabria 297/2016, 18 de Mayo de 2016

JurisdicciónEspaña
EmisorAudiencia Provincial de Cantabria, seccion 2 (civil)
Número de resolución297/2016
Fecha18 Mayo 2016

AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION 2

Avda Pedro San Martin S/N Santander

Teléfono: 942357123

Fax.: 942357142

Modelo: AP004

Procedimiento Ordinario 0000427/2014 - 00

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 3 de Santander

Proc.: RECURSO DE APELACIÓN

Nº: 0000342/2015

NIG: 3907542120140004894

Resolución: Sentencia 000297/2016

Intervención:

Apelante

Apelado

Interviniente:

Antonieta

Constantino

Procurador:

MARÍA GONZÁLEZ-PINTO

COTERILLO

CARLOS DE LA VEGA HAZAS

PORRÚA

S E N T E N C I A nº 000297/2016

Ilmos. Sres. Magistrados: Don Miguel Fernández Díez.

Don Bruno Arias Berrioategortúa. Doña Milagros Martínez Rionda.

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En la Ciudad de Santander a dieciocho de mayo de dos mil dieciséis.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio Ordinario número 427 de 2014, Rollo de Sala número 342 de 2015, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Santander, seguidos a instancia de Dña Antonieta contra

D. Constantino.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante Dña Antonieta, representada por la Procuradora Sra. González Pinto Coterillo y dirigido por el Letrado Sr. García Oliva Mascaros; y parte apelada D. Constantino, representado por el Procurador Sr. Vega Hazas Porrua y dirigido por el Letrado Sr. Pellón Fernández Fontecha.

Es ponente de esta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado Don Miguel Fernández Díez.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Santander, y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha siete de abril de 2.015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Estimar parcialmente la demanda presentada por la procuradora Dña. María González-Pinto Coterillo en nombre y representación de Dña. Antonieta y condenar a D. Constantino a abonarle la cantidad de doce mil seiscientos euros (12.600€), al pago de los intereses en los términos expuestos en el fundamento de derecho cuarto de la presente resolución y sin expreso pronunciamiento en costas".

SEGUNDO: Contra dicha Sentencia la representación de la parte demandante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y tramitado el mismo se remitieron los autos a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se señaló para deliberación y fallo del recurso el día nueve, quedando pendiente de dictarse la resolución correspondiente.

TERCERO: En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten los de la Sentencia de instancia, en tanto no sean contradictorios con los que a continuación se establecen; y

PRIMERO: El único motivo del recurso interpuesto por Doña Antonieta hace referencia al importe de la indemnización por el daño moral sufrido a consecuencia del error cometido por el demandado en la transcripción del resultado del RH de la actora. Frente a los 12.600 € que por tal concepto se fija en la resolución recurrida, se reclama la suma de 180.000 €.

El daño moral no produce una pérdida económica de carácter material, ni una...

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