SAP Valencia 29/2016, 25 de Enero de 2016

PonenteCARLOS CLIMENT DURAN
ECLIES:APV:2016:665
Número de Recurso16/2016
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución29/2016
Fecha de Resolución25 de Enero de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

VALENCIA

- - -SECCIÓN TERCERA

AJF 16/16

JF 127/15

JInstr nº 2

Requena

SENTENCIA

Nº 29/2016

En la ciudad de Valencia, a veinticinco de enero de dos mil dieciséis.

Don Carlos Climent Durán, Magistrado de la Audiencia Provincial de Valencia, constituído en tribunal unipersonal, ha visto en grado de apelación los presentes autos de juicio de faltas, cuyos datos identificativos obran al margen.

Han intervenido en el recurso Juan Pedro, en calidad de apelante, con la defensa de la Letrada doña Débora Sánchez Vidal, y Blas, en calidad de apelado, con la defensa de la Letrada doña Inmaculada Agramunt Herráez. El Ministerio Fiscal, representado por don/doña N. Rigla Novella, ha intervenido en calidad de apelado.

Antecedentes de hecho
Primero

La sentencia recurrida, fechada al día 3 de noviembre de 2015, declaró probados los hechos siguientes: El día 23 de marzode 2015 Juan Pedro alquiló dos películas en el videoclub de Blas sito en calle Chiva nº71 de Cheste (Valencia), no habiendo devuelto las mismas a fecha del juicio, ni abonado importe alguno por el alquiler.

Segundo

El fallo de la sentencia apelada dice: Que debo condenar a Juan Pedro como autor de una falta de apropiación indebida,a la pena de 45 días multa con cuota diaria de 12 euros (TOTAL 540 €), y responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas ( artículo 53 CP ), y al pago de las costas procesales. Que en via de responsabilidad civil,el denunciado Juan Pedro debe abonar a Blas la cantidad de 50,39 euros por el valor de las películas, y la cantidad de 217,5 euros que resulta de multiplicar 2,5 euros por los 87 días que han transcurrido desde el 23 de marzo hasta la fecha del juicio.

Tercero

Notificada dicha sentencia a las partes, por quien se ha indicado en el encabezamiento se interpuso contra la misma recurso de apelación ante el órgano judicial que la dictó.

Cuarto

Recibido el escrito de formalización del recurso, el Juez de Instrucción dio traslado del mismo a las demás partes por un plazo común de diez días para la presentación, en su caso, de los correspondientes escritos de impugnación o de adhesión al recurso. Transcurrido dicho plazo, se elevaron a esta Audiencia Provincial los autos originales con todos los escritos presentados. Recibidos los autos, por la Oficina de Servicios Comunes de esta Audiencia fue turnado el presente juicio al Magistrado que...

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