SAP Las Palmas 123/2016, 17 de Marzo de 2016
Ponente | CARLOS AUGUSTO GARCIA VAN ISSCHOT |
ECLI | ES:APGC:2016:420 |
Número de Recurso | 77/2015 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIÓN |
Número de Resolución | 123/2016 |
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª |
? SECCIÓN QUINTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL
C/ Málaga nº2 (Torre 3 - Planta 5ª)
Las Palmas de Gran Canaria
Teléfono: 928 42 99 15
Fax.: 928 42 97 75
Rollo: Recurso de apelación
Nº Rollo: 0000077/2015
NIG: 3501642120130011328
Resolución:Sentencia 000123/2016
Proc. origen: Juicio verbal Nº proc. origen: 0000406/2013-00
Juzgado de Primera Instancia Nº 13 de Las Palmas de Gran Canaria
Intervención: Interviniente: Abogado: Procurador:
Demandado Arcadio Inmaculada Garcia Santana
Demandado David Carlos Matias Perdomo Davila Elena Henriquez Guimera
Demandado Gines Patricia Dolores Aguilar Molina Araceli Colina Naranjo
Demandado Camila Leticia Marcelo Correa
Demandado Rafaela Araceli Colina Naranjo
Demandado María Purificación Araceli Colina Naranjo
Demandado Carlos Antonio Araceli Colina Naranjo
Apelante Comunidad de Propietarios del EDIFICIO000 NUM000 Hector Javier Viera Sosa Montserrat
Bethencourt Martinez
SENTENCIA
Ilmo. Sr. Magistrado:
Don Carlos Augusto García van Isschot (Ponente)
En Las Palmas de Gran Canaria, a diecisiete de marzo de 2016.
VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN QUINTA, el recurso de apelación admitido a la parte demandante, en los autos Juicio verbal Nº Procedimiento: 0000406/2013-00, contra la sentencia con número 000072/2014, de 27 de mayo, dictada por el Juzgado de Juzgado de Primera Instancia Nº 13 de Las Palmas de Gran Canaria, seguido el recurso a instancia de la Comunidad de Propietarios DEL EDIFICIO000 NUM000, representada por la Procuradora MONTSERRAT BETHENCOURT MARTINEZ, bajo la dirección del Letrado HECTOR JAVIER VIERA SOSA, frente a la parte apelada, DON David, representado por el procurador ELENA HENRIQUEZ GUIMERA bajo la dirección del Letrado don CARLOS MATIAS PERDOMO DAVILA, frente a la parte apelada, doña Camila, representado por el procurador doña LETICIA MARCELO CORREA bajo la dirección del Letrado don JAVIER MARCELO CORREA; frente a la parte apelada, DON Gines, DOÑA Rafaela, DOÑA María Purificación y DON Carlos Antonio, representados por el procurador doña ARACELI COLINA NARANJO, bajo la dirección del Letrado doña PATRICIA AGUILAR MOLINA y frente a la parte apelada, DON Arcadio, representado por el procurador doña INMACULADA GARCIA SANTANA bajo la dirección del Letrado don ROBERTO SANTANA DOMINGUEZ.
El Fallo de la Sentencia apelada dice: " Que desestimando la demanda formulada por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO000 NUM000 representado por el Procurador de los Tribunales DOÑA MONSERRAT BETHENCOURT MARTÍNEZ y asistido por el letrado DON HECTOR JAVIER VIERA SOSA, contra Arcadio, David, Gines, Camila, Rafaela, María Purificación, Carlos Antonio, debo absolver y absuelvo a todos los demandados de los pedimentos de la demanda, condenando en costas al demandante"
Dicha sentencia la recurrió en apelación la parte demandada, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, no habiéndose suplicado la práctica de la prueba en esta segunda instancia prueba; y emplazados que fueron se personaron, en tiempo y forma, los litigantes arriba reseñados.
Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Ilmo. Sr. don Carlos Augusto García van Isschot, constituyéndose el Tribunal con un solo Magistrado de conformidad con el artículo 82.2.1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial
La comunidad de propietarios recurrente aduce que debió prosperar su pretensión dirigida contra los dueños del local único ubicado en la planta sótano (finca registral NUM001 ) y a los dueños del local comercial de la planta baja o primera y una entreplanta (finca registral NUM002 ) sitos ambos en el edificio con el nº NUM000 de gobierno de la EDIFICIO000 de Las Palmas de Gran Canaria, de condenarlos...
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STSJ Canarias 605/2017, 20 de Noviembre de 2017
...la reclamación igualmente descrita es o no ajustada a derecho, alegando la actora que, como señaló la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas de fecha 17 de marzo de 2.016, confirmando la del Juzgado de lo penal número 6 de fecha 5 de diciembre de 2.013, queda acreditado que el S......