SAP Asturias 206/2016, 28 de Abril de 2016

PonenteAGUSTIN PEDRO LOBEJON MARTINEZ
ECLIES:APO:2016:1342
Número de Recurso365/2016
ProcedimientoAPELACION JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución206/2016
Fecha de Resolución28 de Abril de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

OVIEDO

SENTENCIA: 00206/2016

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de OVIEDO

Domicilio: C/ COMTE. CABALLERO S/N- 5ª PLANTA - 33005 - OVIEDO

Telf: 985.96.87.63-64-65 Fax: 985.96.87.66

AMR

Modelo: N54550

N.I.G.: 33044 43 2 2015 0121947

ROLLO: RJ APELACION JUICIO DE FALTAS 0000365 /2016

Juzgado procedencia: JUZGADO DE INSTRUCCION. N.2 de OVIEDO

Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0002309 /2015

RECURRENTE: Leovigildo

Procurador/a:

Abogado/a: JULIAN LAUSIN DEL BARRIO

RECURRIDO/A: Florencia

Procurador/a:

Abogado/a:

SENTENCIA Nº 206/2016

En Oviedo, a veintiocho de abril de dos mil dieciséis.

VISTOS por el Ilmo. Sr. Don Agustín Pedro Lobejón Martínez, Magistrado de la Sección 2ª de esta Audiencia Provincial, como órgano unipersonal, en grado de apelación, los autos de Apelación de Juicio de Faltas nº 2309/15 (Rollo nº 365/2016), procedentes del Juzgado de Instrucción nº 2 de Oviedo, donde figuran como apelante: Leovigildo, y como apelada: Florencia, procede dictar sentencia fundada en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada, que se dan por reproducidos y entre ellos la Declaración de Hechos Probados, que se asume íntegramente.

SEGUNDO

La expresada sentencia, dictada el 26-02-16, contiene en su FALLO los siguientes pronunciamientos dispositivos: "Que debo absolver y absuelvo al denunciado Leovigildo de la falta de injurias de la que se le denunciada, al haber sido la misma despenalizada. Y que debo condenar y condeno al denunciado Leovigildo como autor de una falta de amenazas, ya definida, a la pena de 10 días multa a razón de una cuota diaria de 6 euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no

satisfechas, con imposición de las costas procesales devengadas".

TERCERO

Contra dicha resolución se interpuso apelación por dicho recurrente fundado en los motivos que en el correspondiente escrito se insertan y, dados los traslados oportunos y remitidos los autos a esta Audiencia, se turnaron a esta su Sección 2ª en la que, designado Magistrado para resolver el recurso, se ordenó traerlos a la vista para resolver el día de la fecha, conforme al régimen de señalamientos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el denunciado para interesar, como pretensión principal, su absolución.

SEGUNDO

Contra lo que se aduce, no se han infringido los arts. 24 y 25 CE . Considera el recurrente que en el momento actual no cabe la condena por falta, pero los hechos declarados probados son legamente constitutivos de un delito leve del art. 171.7 CP, y el Juzgado sólo acude a la antigua redacción ( arts. 620.2 CP ) por serle a aquél más favorable conforme a las DDTT 1ª y 4ª de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, en relación con el art....

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR