ATS, 15 de Junio de 2016

PonenteJOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
ECLIES:TS:2016:5606A
Número de Recurso3290/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución15 de Junio de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a quince de Junio de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

Por la representación procesal de Caixabank S.A. se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia dictada, en fecha 6 de noviembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Baleares (Sección 3.ª), en el rollo de apelación n.º 360/2014 dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 1257/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Palma de Mallorca.

SEGUNDO

Por diligencia de ordenación de fecha 12 de diciembre de 2014 se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado la misma a los litigantes personados en el rollo de apelación.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. Miguel Ángel Montero Reiter, en nombre y representación de Caixabank S.A., presentó escrito personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora D.ª Delia Villalonga Vicens en nombre y representación de D. Eusebio y D.ª Amanda , presentó escrito ante esta Sala personándose en calidad de parte recurrida.

CUARTO

Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Antonio Seijas Quintana

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Caixabank S.A., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3.º del art. 477.2 de la LEC .

SEGUNDO

De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 de la LEC , entréguense copias del escrito de interposición del recurso formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Caixabank S.A. contra la sentencia dictada, en fecha 6 de noviembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Baleares (Sección 3.ª), en el rollo de apelación n.º 360/2014 dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 1257/2012 del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Palma de Mallorca.

  2. ) Y entréguense copias del escrito de interposición de los recursos formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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