SAP Vizcaya 90468/2015, 26 de Noviembre de 2015

PonenteJOSE IGNACIO AREVALO LASSA
ECLIES:APBI:2015:2547
Número de Recurso222/2015
ProcedimientoROLLO APELACIóN ABREVIADO
Número de Resolución90468/2015
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 6ª

OFICINA COMUN DE TRAMITACION PENAL

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA

Sección 6ª

BARROETA ALDAMAR 10 3ª planta

Tfno.: 94 401.66.68 Fax: 94 401.69.92

Rollo Apelación Abreviado: 222/15-6ª

Proc. Origen: Abreviado 58/15

Jdo. de lo Penal nº 4 de Bilbao

Apelante/s: Nicolas

Procurador/a Sr/a.: Fernández de Marticorena Cerecedo

Abogado/a Sr/a.: Saenz Fernández de Marticorena

SENTENCIA Nº: 90468/2015

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE D. Angel GIL HERNÁNDEZ

MAGISTRADO D. José Ignacio ARÉVALO LASSA

MAGISTRADA D Miren Nekane SAN MIGUEL BERGARETXE

En la Villa de Bilbao, a 26 de noviembre de 2015.

Vistos en segunda instancia por la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial los presentes autos de Rollo de Apelación de Procedimiento Abreviado nº 222/15, dimanante del Procedimiento Abreviado 58/15 del Juzgado de lo Penal nº 4 de Bilbao, en la que figura como acusada Lidia, cuyas circunstancias personales constan en autos, representado por el/la Procurador/a Sr/a. Belmonte García y defendido por el/la Letrado/a Sr/a. Urien Azpitarte, siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal. Ejerce la acusación Nicolas, que comparece con la Procuradora Sra. Fernández de Marticorena Cerecedo y el Letrado Sr. Saenz Fernández de Marticorena.

Expresa el parecer de la Sala como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Ignacio ARÉVALO LASSA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Bilbao, se dictó con fecha 15 de julio de 2015 sentencia cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente:

"ÚNICO .- Se dirige la acusación contra DÑA. Lidia, sin antecedentes penales, ocurriendo que la misma el día 17 de Octubre del año 2.012 se presentó en la Comisaría de Bilbao y, faltando a la verdad, denunció a las 01:03 horas a su marido D. Nicolas manifestando que sobre las 18:30 horas del día 16 de Octubre del mismo año, en la plaza Urgitzeta de Sopelana, con motivo de ir a recoger a su hijo, le dijo a la misma "eres una puta zorra, vas a tener que trabajar en un puticlub porque te voy a dejar sin nada, voy a contratar a los pisbu, para que le den una paliza a los tuyos y a la gente que te rodea, a la gente que quieres", denunciado que estos hechos se los había repetido en Marzo de 2.012 y en 2.009.

Esta denuncia dio lugar a las diligencias previas 3.742/12 del Juzgado de Instrucción nº 5 de Bilbao y a las diligencias previas 1758/12 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Getxo, finalizando éstas por auto de sobreseimiento libre de fecha 24 de Junio del año 2.013 ".

El Fallo de la indicada sentencia dice textualmente:

"Que debo CONDENAR Y CONDENO aDÑA. Lidia, como autora responsable de un delito de denuncia falsa, a la pena de DOCE MESES DE MULTA a razón de DIEZ EUROS DIARIOS, quedando sujeta a las consecuencias previstas en el artículo 53 del Código Penal en caso de incumplimiento, ABSOLVIENDO a la misma del delito de falso testimonio del que también era objeto de acusación,con imposición a la misma de las costas causadas y derivadas del proceso".

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la representación de Nicolas con base en los motivos que en el correspondiente escrito se indican, recurso al que se ha dado la tramitación legal con el resultado que obra en autos.

TERCERO

Elevados los autos a esta Audiencia, se dio traslado de los mismos al Magistrado Ponente a los efectos de acordar sobre celebración de vista y, en su caso, sobre admisión de la prueba propuesta.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista, quedaron los autos vistos para sentencia.

Se dan por reproducidos los antecedentes de la sentencia apelada.

HECHOS PROBADOS

Se admiten íntegramente, dándose expresamente por reproducidos, los hechos declarados probados en la...

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