STSJ País Vasco 267/2016, 16 de Febrero de 2016

PonenteANA ISABEL MOLINA CASTIELLA
ECLIES:TSJPV:2016:547
Número de Recurso140/2016
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución267/2016
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2016
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: Suplicación / E_Suplicación 140/2016

N.I.G. P.V. 48.04.4-15/002026

N.I.G. CGPJ 48020.44.4-2015/0002026

SENTENCIA Nº: 267/2016

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 16 de febrero de 2016.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, formada por los/as Iltmos/as. Sres/as. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, Dª ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA y D. JUAN CARLOS BENITO BUTRON OCHOA, Magistrados/as, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación interpuesto por Dª Coro y Dª Lucía contra la sentencia del Juzgado de lo Social num. 10 de los de BILBAO (BIZKAIA) de fecha 11 de noviembre de 2015, dictada en proceso sobre (AEL), y entablado por las citada recurrentes frente a NERVACERO S.A .

Es Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dña. ANA ISABEL MOLINA CASTIELLA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"1º.- El trabajador D. Leandro, nacido el NUM000 /1937, vino prestando servicios para la empresa NERVACERO S.A. con una antigüedad de 29/06/1978, con la categoría profesional de chatarrero y extinguiéndose el contrato de trabajo con fecha 26/03/1989.

  1. - El Sr. Leandro en su prestación de servicios en su prestación de servicios como chatarrero ha venido realizando lo siguiente:

    Verificar el correcto llenado de las cestas de chatarra, efectuar la pesada de las misma y proceder al suministro correcto de las mismas al horno para garantizar el ritmo de producción y la calidad del procso previstos.

    Su labor se desarrollaba en una cualquiera de las zonas de carga de cestas y carros portacestas de laAcería, según lo requieran las necesidades de producción en cada momento

    Esporádicamente debía limpiar el horno y la chimenea. 3º.- El Sr. Leandro en el trabajo realizado como chatarrero ha estado en contacto con productos que contenían amianto.

  2. - En la factoría de NERVACERO S.A. estaban a disposición libre de los operarios las placas de amianto. Estas se utilizaban normalmente para protegerse de las fuentes de calor.

    No existían puntos de extracción de polvo en aire, limitándose la posibilidad de renovar el entorno mediante la apertura de puertas y empleo de ventiladores comunes.

    Existían mascarillas de papel sin control de utilización por parte de la dirección.

    A partir de mediados de la década de los 90 comienza a sustituirse el amianto por fibra de vidrio.

  3. - Le empresa NERVACERO S.A. dispone desde 2008 de un protocolo justificado en el empleo pretèrito de amianto, en el cual se hace constar que "Analizado el uso sistemático del ambianto en empequetadura de bombas, proteccion de mangueras, lingoteras de colada continua, piquera, etc, se determina que todo el personal de acería ha podido estar expuesta al contacto con amianto".

    Dicho protocolo incluye listas de personas expuestas a amianto, el Sr Leandro aparecía en esta.

  4. - El Sr. Leandro como antecedentes médicos presentaba:

    Ex fumador desde > 10 (35 paq/año)

    Consumo OH 10-20 unidades(día.

    Disilpemia en tratamiento.

    HTA en tratamiento.

    No DM

    Cardiopatia isquémica:

    1997, IAM inferior con cateterismo que muesra enfermedad de un vaso (OM) - ACTP

    1998, angor con cateterismo que muestra reestenosis en OM- ACTOP y neuvo stent.

    reingresa por angor- 3º cateterismo con lesión intra-stent en OM, con nueva ACTP

    2006 y 2009 - dolores torácico con PE clíica positiva y eléctrica dudosa 6º CATETERISMO coronarias normales.

    2010- Marcapasos MP DDD (ENS)

    Septiembre - 13 dolor torácico inespecífico.

    Ingreso en M. Interna en Octubre de 2013 por sd. general sin objetivarse neoplasia. Se le realizo estudio cardiorespitaroio.

    Historia respiratoria EPOC moderado en SFB de 2/4

    Asbestosis Pulmonar. Fibrosis pulmonar idiopàtica. Bronquiectasis y bulla en hemitora derecho. TC toracico 04.09.2013: Patrón interslicial bilateral con engrosamiento de septos interlobulillares y patrón de panalización de localización subpleura asi como de forma extensa afectando a ambas bases pulmonares todo ello relación con cambios de fibrosis pulmonar. Asocia bullas pulmonares subpleurales bibasales la de mayor tamaño de 7 cm en segmento 6 del lóbulo inferior derecho con cierto engrosamiento de sus parecedes a las aunque sin contenido líquido que sugiera sobreinfección. Líquido loculado en cisura mayor.

    No se aprecian lesiones nodulares parenquimatosas pulmonares sospechosas. No derrame pleural significativo.

    Sin alteraciones en arcos costales derechos.

    Durante el ingreso en M. Interna se realizó:

    1 PRUEBAS DE FUNCION RESPIRATORIA: Normalidad de volumenes y flujos con normalidad de resistencias y volumenes estáticos. Difusión muy descendida que corrige parcialmente con volumen alveolar.

    Gasometría artrial normal. FVC 83% FV/FVC 71% DLCO 41% 2 TEST DE LA MARCHA. Se realiza test de la marcha recorriendo un total de 180 m. Comienza con un BORG 3/4 con sat 96%, finaliznado con 91% y Borg de 9 disnea y 3 de piernas.

    3, ECOCARDIOGRAMA. Cardiopatía isquémica con VI no dilatado FE 50-55%, con patrón de alteración de la relajación HAP moderada (40-50 mmHg) Hipocinesia anterior.

    4. ECOCARDIOGRAMA DE ESTRES: Se realiza ETT de esfuerzo (Protocolo de Bruce modificado). Sin datos de isquemia miocárdica residual. A pico de esfuerzo PAP 80 mmHg.

    Ultimo control en Neumologia en ambulatorio de Ortuella el 24.02.2014. Se inicio tratamiento con 02 portatil por destauración de esfuerzo y disnea en Novimebre de 2013.

    2005 hernia de hiato + anillo Schatzki

    IQ: apendicitis con peritonitis; Prótesis peneana con disfunción eréctil. herniorrafia inguinal y umbilical; 1993 - AenoCa próstata.

  5. - El Sr Leandro falleció en fecha 14/03/2014 con el diagnóstico: Aspergilosis pulmonar invasiva; Asbestosis pulmonar con fibrosis pulmonar severa; EPOC severo; insuficiencia renal aguda; fallo respiratorio agudo.

  6. - Emitido Dictamen propuesta por el EVI sobre determinación de contingencia (11/07/2014): "Fallecimiento por complicaciones respiratorias relacionadas con su enfermedad provocada por asbesto".

  7. - Practicada a la muerte autopsia por el H. Cruces (14/03/2014) esta destaca:

    Aparato respiratorio:

    Pulmón derecho 950 gr. y pulmón izquierdo: 800 gr. Superficie irregular con incontables micronódulos, intensa congestión panlobular generalizada, múltiples formaciones bullosas que predominan en lóblos inferiores. En cortes seriados se identifica salida de materioal mucopurulento y gran nódulo quístico sin cotenido de 4 cem. de diámetro máximo en lóbulo. Adherencias pleurales bilaterales.

    Cardiommegalia (50 gr). Arterioesclerosis de aorta y ramas.

    Sistema hepatobiliar y páncreas:

    Hepatomegalia leve (1950 gr) y congestión hepática generaliza.

    Pancreas de 98 gr.

    sistema reticuloendetelias:

    Bazo de 158 gra.

    Sistema urogenital:

    Riñones (derecho: 208 gr e izquierdo: 196 gra) con aisladas cicatrices corticales.

    ESTUDIO MICROSCOPICO

    Parénquina pulmonar en el que se identifica fibrosis, focos de bronconeumonia bilateral necrotizante con imágenes fúngicas filamentosas que parecen corresponder a aspergillus. Asimismo se observa un daño alveolar difuso con imagenes de mucostasis. No se identifican cuerpos ferruginosos ni otros signos directos de asbestosis.

    En el corazón se identifican cicatrices fibrosas de infarto de miocardio, focos de miocardioesclerosis y arterioesclerosis severa de coronaria, calcificazda.

    Parénquina renal con imágenes de nefroangioesclerosis.

    En tejido tiroideo se identifica hiperplasis multinodular tiroidea, sin otros hallazgos significativos.

    PRUEBAS ADICIONALES:

    Estudio micobrilológico de muestras pulmonares positvo par bácilo alcohol resistente, aspergillus fumigatus y enterococcus faecium.

    HALLAZGOS Y DIAGNOSTICOS FINALES:

    Fibrosis pulmonar, bronconeumonia bilateral necrotizante (hongos filamentosos de tipo aspergillus). Daño alveolar difuso, muchostasi. Ausencia de cuerpos ferruginosos u otros signos directos de asbesosis.

    Arterioesclerosis coronaria severa calcificada. Cicatriz fibrosa de infarto de miocardio, miocardioesclerosis.

    Negroangioesclerosis.

    Hiperplasia multinodular tiroidea.

  8. - El fallecido dejó viuda y una hija mayor de veinticinco años.

  9. - La viuda, Sra. Dña. Lucía ha percibido una indemnización a tanto alzado por un importe de

    18.304,44 euros y una ayuda de defunción de 46,50 euros, prestaciones derivadas del fallecimiento del Sr Leandro reconocido por enfermedad profesional.

  10. - Con fecha 25-2-2015 se celebró el preceptivo acto de conciliación con el resultado de sin avenencia."

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice:

"Que desestimando la demanda formulada por D. Leandro frente a NERVACERO S.A., debo absolver y absuelvo a los demandados de cuanto en la demanda se reclama."

TERCERO

Frente a dicha resolución se interpuso el Recurso de Suplicación, que fue impugnado de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La cuestión a dilucidar en el presente recurso de suplicación consiste en determinar si tienen derecho las actoras, viuda e hija del Sr. Leandro, a una indemnización por los daños y perjuicios derivados del fallecimiento de su esposo y padre respectivamente, descansando la petición en el incumplimiento de medidas de seguridad por el empresario determinantes de la enfermedad profesional que ha causado el óbito.

El escrito rector partía del fallecimiento del Sr. Leandro (nacido en NUM000 de 1937), como consecuencia de asbestosis pulmonar así reconocido por el INSS en la resolución que otorgó la pensión de viudedad por la contingencia de enfermedad profesional, destacando que en su vida laboral realizó el esposo y padre funciones de chatarrero...

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