SAP Pontevedra 195/2016, 18 de Abril de 2016

JurisdicciónEspaña
Número de resolución195/2016
Fecha18 Abril 2016

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA , sede Vigo

SENTENCIA: 00195/2016

Domicilio: C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Telf.: 986817388-986817389 - Fax: 986817387

N.I.G. 36057 42 1 2014 0009803

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000464 /2015

Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 5 de VIGO

Procedimiento de origen: MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0000760 /2014

Recurrente: Felicisima

Procurador: MARIA TAMARA UCHA GROBA

Abogado: VICENTE NUÑEZ LOSADA

Recurrido: Edemiro

Procurador: VERONICA LAGO DOMINGUEZ

Abogado: MANUEL PERALTA FERNANDEZ

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados DON JUAN MANUEL ALFAYA OCAMPO, en funciones de Presidente; DON JULIO PICATOSTE BOBILLO y DON EUGENIO FRANCISCO MÍGUEZ TABARÉS, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA núm. 195/16

En Vigo, a dieciocho de abril de dos mil dieciséis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 6ª de la Audiencia Provincial de Pontevedra, sede Vigo, los autos de Modificación de Medidas número 760/2014, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 5 DE VIGO (JUZGADO DE FAMILIA), a los que ha correspondido el núm. de Rollo de apelación 464/2015, en los que es parte apelante : la demandada Dña. Felicisima , representada por la Procuradora Dña. Tamara Ucha Groba y bajo la asistencia letrada de D. Vicente Núñez Losada; y, apelada : el demandante D. Edemiro , representado por la Procuradora Dña. Verónica Lago Domínguez y bajo la asistencia letrada de D. Manuel Peralta Fernández

Siendo Ponente el Ilmo. Magistrado DON JULIO PICATOSTE BOBILLO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 5 de Vigo, se dictó sentencia con fecha 24 de octubre de 2014 , en el procedimiento del que dimana este recurso, cuyo fallo textualmente dice:

" En la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Lago Domínguez, en nombre y representación de D. Edemiro , representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Lago Domínguez, contra Dña. Felicisima , representada por el Procurador Sr. Gómez-Orellana Rodríguez, ESTIMO LA MISMA, realizándose los siguientes pronunciamientos:

Primero.- Se declara la extinción de la pensión de alimentos que el actor ha de satisfacer a su hijo D. Oscar .

Segundo.- Se declara la extinción del derecho de uso de la vivienda familiar que estaba establecido a favor de la Sra. Felicisima .

No se hace un especial pronunciamiento en materia de costas. "

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se interpuso recurso de apelación por el Procurador don Fernando Gómez-Orellana Rodríguez, en nombre y representación de DOÑA Felicisima , que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.

Cumplimentados los trámites legales y elevadas las actuaciones a esta Sección Sexta de la Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, personándose las partes en legal forma. Se señaló el día 14 de abril para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.

TERCERO

Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El padre pide la extinción de la pensión alimenticia señalada para el hijo, cuando este era menor de edad. La situación que lleva a la juzgadora de instancia a declarar extinguida la pensión de alimentos del hijo, que tiene ahora 19 años, es que este abandonó los estudios a los 14-15 años, negándose a seguir haciéndolo, y, además, ni trabaja, ni ha trabajado, ni aprendido oficio alguno, ni, en suma, se ha interesado por buscar ocupación de tipo alguno. Justamente, al recibir su madre traslado de la demanda y citación para juicio, se ha apresurado a matricularse en un centro de educación secundaria para personas adultas, porque, según manifiesta en el acto de juicio, quiere ser entrenador y le exigen el graduado escolar.

No podemos tomar esta decisión de última hora, acuciado por la demanda judicial que pide la extinción de la pensión de alimentos, porque tiene todo el formato de una conducta oportunista. Años ha pasado sin estudiar, ni interesarse por nada, para aparentar un repentino y vivo interés por estudiar cuando durante cuatro años permaneció indolente y despreocupado de toda tarea, de su provenir y de su condición de carga para sus padres sin esfuerzo o compensación alguna por su parte. Ocurre además, que la decisión de matricularse no sabemos si ha ido más allá del simple gesto, pues no consta que efectivamente esté cursando estudios,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 temas prácticos
  • Medidas provisionales y definitivas en los procesos matrimoniales y de menores
    • España
    • Práctico Procesal Civil Procesos especiales
    • 1 Marzo 2023
    ......ón y divorcio ( Sentencia nº 333/2006 de AP Pontevedra, 2 de Junio de 2006 [j 1] ), siendo sus efectos los que ... nº 181/2014 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 3 de Abril" de 2014 [j 3] y la Sentencia nº 320/2014 de TS, Sala 1\xC2"... Jurisprudencia destacada Sentencia nº 635/2016, de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 25 de octubre de 2016 [j ..., de TS, Sala 1ª de lo Civil, 13 de abril de 2016 [j 18] : Se concede la custodia compartida a un hombre absuelto ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR