SAN, 19 de Diciembre de 2002

PonenteEDUARDO CALVO ROJAS
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª
ECLIES:AN:2002:6834
Número de Recurso1000/2001

SENTENCIA

Madrid, a diecinueve de diciembre de dos mil dos.

La Sala constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen ha visto el recurso

contencioso administrativo número 1000/01 interpuesto por D. Alonso ,

representado por la Procuradora Dª Monserrat Gómez Hernández, contra sendas resoluciones del

Ministerio del Interior de 12 y 13 de junio de 2001 por las que se inadmitió a trámite su solicitud

para la concesión del derecho de asilo y se desestimó la petición de reexamen formulada contra

aquella inadmisión a trámite. Ha sido parte demandada en las presentes actuaciones la

Administración General del Estado, representada por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el presente recurso y previos los oportunos trámites, se confirió traslado a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito presentado el 15 de noviembre de 2001 en el que tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que consideró oportunos termina solicitando que se dicte sentencia estimatoria del recurso en la que se declare no ajustadas las resoluciones impugnadas y se acuerde la admisión a trámite de la solicitud de asilo presentada por el demandante, con imposición de las costas a la parte demandada.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó la demanda mediante escrito presentado el 10 de diciembre de 2001 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, solicita el dictado de sentencia por la que se desestime el recurso y se confirme la resolución recurrida por ser conforme a derecho.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba ni el trámite de vista o conclusiones quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación fijándose finalmente al efecto el día 18 de diciembre del presente año, fecha en que tuvo lugar la deliberación y votación.

Ha sido PONENTE el Ilmo. Sr. D. Eduardo Calvo Rojas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso lo dirige D. Alonso , nacional de Colombia, contra sendas resoluciones del Ministerio del Interior de 12 y 13 de junio de 2001 por las que primero se inadmitió a trámite su solicitud para la concesión del derecho de asilo y luego se desestimó la petición de reexamen formulada contra aquella inadmisión a trámite.

Ahora bién, para valorar la respuesta dada por la Administración a la petición de asilo que nos ocupaprocede señalar que el Sr. Alonso trató de fundamentar su solicitud de asilo con un relato de hechos muy distinto al que previamente había expuesto ante las autoridades policiales españolas en el control de entrada del puesto fronterizo de Madrid-Barajas. Una vez notificada la resolución de 08/06/2001 que denegaba la entrada y acordaba su retorno al lugar de procedencia (véanse folios 1.28 a 1.31 del expediente) fue cuando el Sr. Alonso presentó solicitud de asilo alegando unos hechos claramente diferentes:

En la solicitud de asilo presentada el 9 de junio de 2001 el ahora demandante alegaba que había recibido amenazas contra su vida exigiéndole que vendiese una casa propiedad de su padre y que entregase el dinero. Son siete hermanos pero lo amenazan a él porque es el único que vive en la casa de sus padres y es el encargado de las casas propiedad de la familia. Los extorsionadores nunca se han identificado pero en Cali operan las "milicias urbanas" que son grupos que se forman en las ciudades para secuestrar a personas y exigir rescates. No cree que los autores de las amenazas sean del ELN porque este grupo no extorsiona a los pobres. Teme que si vuelve a Colombia tomen represalias contra él. Su esposa vive en Colombia con su madre (véase relato manuscrito en folios 1.14 a 1.19 del expediente y resumen elaborado por la Administración en folios 2.1 y 2.2).

Estas alegaciones que acabamos de sintetizar difieren de las manifestaciones que el propio Sr. Alonso había hecho el día antes en el control de entrada del puesto fronterizo de Madrid- Barajas (véanse folios 1.26 y 1.27 del expediente) donde había alegado, en presencia de Abogado, que venía a España a pasar 19 días de vacaciones -aunque no supo concretar los lugares turísticos o de interés cultural o artístico que deseaba visitar- y que, por mediación de un amigo de su hermano había recibido un fax de invitación del ciudadano español Felipe , al cual no conoce, que se encargaría de él durante su estancia en España. Esperaba ser recogido en el aeropuerto por una ciudadana colombiana...

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