SAP La Rioja 87/2000, 23 de Febrero de 2000

PonenteJOSE FELIX MOTA BELLO
ECLIES:APLO:2000:134
Número de Recurso735/1998
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución87/2000
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2000
EmisorAudiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 87 DE 2000

Visto el presente recurso de apelación CIVIL, que pende ante esta Ilma. Audiencia Provincial, dimanante del juicio de menor cuantía nº 78/98, rollo de Sala nº 735/98, contra la sentencia de fecha 23 de noviembre de 1998, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Logroño , recurrida por D. Constantino , representado por la Procuradora Sra. Urbiola Canovaca y asistido de la Letrada Sra. Martínez García; siendo apelada Dª Julia , representada por la Procuradora Sra. León Ortega y asistida de la Letrada doña María Paz Rodrigo; recurso en el que ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Félix Mota Bello.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha 23 de noviembre de 1998, se dictó sentencia en cuyo Fallo se recogía: "Estimando la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales Sra. María Teresa León Ortega en nombre y representación de doña Julia contra don Constantino , sobre disolución y liquidación de la sociedad de gananciales, se fija el inventario de bienes de la sociedad de gananciales que ambos formaron en los términos que a continuación se recogen, remitiendo a la fase de ejecución de sentencia la liquidación y adjudicación de los bienes de la citada sociedad. Conforman el inventario: Activo, metálico, fondo de inversión nº NUM000 , fontesoro en la entidad Ibercaja. Fondo de pensiones con Intercaser, por el valor del mismo a 16 de junio de 1997. Valores mobiliarios, 1.845 acciones de pebsa. Muebles, los que se determinen en ejecución de sentencia en la forma recogida en el fundamento de derecho tercero. Vehículos, Seat 131 matrícula ME-....-Y . Inmuebles, vivienda unifamiliar en Isiallana, descrita en demanda y contestación, y valorada en 13.000.000 pesetas. Participación indivisa de 1/693, concretada en la utilización de una plaza de garaje número NUM001 , en la finca urbana sita en Logroño como parte de un edificio compuesto por ocho casas unidas entre sí señalado con los números NUM002 , NUM003 , NUM004 , NUM005 , NUM006 - NUM007 de la CALLE000 y NUM008 , NUM009 y NUM010 de la CALLE001 en la forma descrita en la demanda y contestación y valorada en 1.500.000 pesetas. Créditos, contra don Constantino originado por póliza de préstamo contratada por éste por Ibercaja y por importe de 4.970.450 pesetas. Importe actualizado de pagos a póliza NUM011 durante la duración de la sociedad; su valor se fijará en ejecución sentencia de acuerdo con lo expuesto en el fundamento jurídico. Pasivo, créditos de don Constantino contra la sociedad de gananciales por importe actualizado de 4.033.259 pesetas (más la actualización entre el 25 de junio de 1995 y el 16 de junio de 1997) y de 203.576 pesetas. No se hace expresa imposición de las costas causadas".

SEGUNDO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte demandada, se interpuso recurso de apelación que fue admitido, con emplazamiento de las partes que se personaron ante esta Sala, a la que se han remitido los autos originales.

TERCERO

Seguido el recurso por todos sus trámites, se señaló para la celebración de la vista el día 18 de noviembre de 1999, la que tuvo lugar con el resultado que obra en el presente rollo.CUARTO.- En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la causa seguida ante el Juzgado de Primera Instancia se dirime la reclamación formulada por doña Julia contra don Constantino con la...

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