SAP León 46/2005, 23 de Febrero de 2005

PonenteMANUEL GARCIA PRADA
ECLIES:APLE:2005:285
Número de Recurso5025/2005
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución46/2005
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - León, Sección 1ª

SENTENCIA: 00046/2005

AUDIENCIA PROVINCIAL DE LEON

Sección nº 001

Rollo : 0005025 /2005 PENAL

Órgano Procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 1 de PONFERRADA

Proc. Origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO nº 0000192 /2004

Modelo: 60240

SENTENCIA NUM. 46/05

Iltmos. Sres:

D. Manuel García Prada.- Presidente

D. Alfonso Lozano Gutiérrez.- Magistrado

D. Teodoro González Sandoval.- Magistrado

En León a veintitrés de febrero de dos mil cinco.

VISTOS ante el Tribunal de esta Sección Primera, en grado de apelación, los autos de Procedimiento Abreviado num. 192/04, procedentes del Juzgado de lo Penal 1 de Ponferrada , habiendo sido partes como apelante Luis Alberto , siendo parte el MINISTERIO FISCAL y actuando como Ponente para este trámite el ILTMO. SR. DON Manuel García Prada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se acepta el relato probatorio de la sentencia de instancia.

SEGUNDO

Por el Juzgado de lo Penal 1 de Ponferrada, en fecha 11 de octubre de 2004, se dictó Sentencia , cuya relación de Hechos Probados es del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS.- Se declara expresamente probado que sobre las 18.45 horas del 12.12.02, Luis Alberto , mayor de edad y condenado ejecutoriamente por dos delitos de atentado, tres delitos contra la seguridad del tráfico, un delitode quebrantamiento de condena y en sentencia del Juzgado de lo Penal nº 1 de León de 10.12.99, firme en fecha 20.03.00 , por delitos de exhibicionismo y de resistencia, suspendiéndose por dos años la ejecución de las penas en fecha 26.02.01, se encontraba en el bar La Zarza de Ponferrada, con sus facultades afectadas a consecuencia de la ingestión de bebidas alcohólicas y se dirigió a la camarera Antonieta diciéndole "puta, zorra, te voy a follar, soy el violador de Bembibre...".

Dado que Luis Alberto no abandonaba el bar tal y como le pedía Antonieta , ésta avisó mediante llamada telefónica a la Policía, compareciendo en el establecimiento los agentes del Cuerpo Nacional de Policía números NUM000 y NUM001 , Luis Alberto continuaba en la misma actitud y los agentes le pidieron que se identificara a lo que contestó "sois unos maricones y no tenéis huevos a llevarme".

Los Policías tuvieron que reducir al acusado, que se resistía a acompañarlos a Comisaría para su identificación, manteniendo un forcejeo en el que lanzaba contra ellos puñetazos y patadas. Lo introdujeron por la fuerza en el vehículo oficial y durante el trayecto hasta Comisaría, daba patadas y cabezazos contra la mampara del coche y gritaba "A pocos policías mata ETA, tenía que matar a mas".

Cuando le requirieron para que cesara en su actitud, contestó "Los policías y los jueces me la van a chupar". Una vez en Comisaría, después de haber quitado las esposas a Luis Alberto para proceder al cacheo, éste, de modo súbito y violento, les lanzó una fuerte patada a cada uno. Al ir a reducirlo, les golpeaba.

Los Policías sufrieron lesión de la cual fueron atendidos en la Clínica Ponferrada en el mismo día y que sólo precisó de esa primera asistencia médica, habiendo renunciado ambos a la indemnización que pudiera corresponderles.

TERCERO

La parte dispositiva de la sentencia recurrida es del tenor siguiente: FALLO.- Que debo CONDENAR Y CONDENO a Luis Alberto como autor responsable de un DELITO DE ATENTADO, con la concurrencia de la circunstancia agravante de reincidencia y atenuante de embriaguez, a la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISION y a la pena accesoria de INHABILITACION ESPECIAL PARA EL DERECHO DE SUFRAGIO PASIVO durante el tiempo de la condena, y como autor de DOS FALTAS DE LESIONES, a la pena para cada una de ellas de MULTA de UN MES Y QUINCE DIAS y como autor de una FALTA DE INJURIAS LEVES, a la pena de MULTA de QUINCE DIAS, así como al pago de las COSTAS del juicio.

La cuota diaria de multa es de SEIS EUROS.

Las multas se abonarán ingresando la cantidad resultante de SEISCIENTOS TREINTA EUROS (630 €) en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado. El caso de impago llevará aparejada una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.

CUARTO

Notificada dicha resolución a las partes, por la apelante se interpuso recurso de apelación, que fue admitido, dándose traslado a las demás partes para impugnar o adherirse al recurso, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal y después de los trámites oportunos, se remitió a esta Audiencia Provincial a fin de dictar resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se acepta la fundamentación jurídica de la sentencia de instancia.

SEGUNDO

La sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 1 de Ponferrada ha sido recurrida por el condenado en la primera instancia alegando infracción del art. 24 de la Constitución que protege la presunción de inocencia, afirma que no acometió a los agentes del orden sino que sólo se resistió y discrepa también de la apreciación en la sentencia de la falta de injurias en la persona de la camarera, poniendo en duda su testimonio.

La...

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