STSJ Galicia 1839/2016, 29 de Marzo de 2016
Ponente | ISABEL OLMOS PARES |
ECLI | ES:TSJGAL:2016:2005 |
Número de Recurso | 2228/2015 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 1839/2016 |
Fecha de Resolución | 29 de Marzo de 2016 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA
PLAZA DE GALICIA
Tfno: 981184 845/959/939 Fax: 881881133 /981184853
NIG: 15030 44 4 2013 0002483 402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0002228 /2015 PM-A
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000496 /2013
Sobre: DESEMPLEO
RECURRENTE/S D/ña Faustino
ABOGADO/A: CRISTINA AUGUSTA GOMEZ LOZANO
RECURRIDO/S D/ña: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
ABOGADO/A: SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
ILMO. SR. D. FERNANDO LOUSADA AROCHENA
PRESIDENTE
ILMA. SRA. Dª. ISABEL OLMOS PARÉS
ILMA. SRA. Dª. RAQUEL NAVEIRO SANTOS
En A CORUÑA, a veintinueve de Marzo de dos mil dieciséis.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 2228/2015, formalizado por Faustino, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 5 de A CORUÑA en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 496/2013, seguidos a instancia de Faustino frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo Magistrado-Ponente el/ la Ilmo/a Sr/Sra D/Dª ISABEL OLMOS PARÉS.
De las actuaciones se deducen los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO
D/Dª Faustino presentó demanda contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha doce de Diciembre de dos mil catorce .
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
Por resolución de fecha 5 diciembre 2012 se suspendió el subsidio de desempleo que venía cobrando el actor desde el 13 diciembre 2011, por ser perceptor de rentas que en computo mensual superan el 75% del SMI, percibiendo en 2011 la cantidad de 17.992 euros en concepto de actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
En desacuerdo con esta resolución, la actora presentó reclamación previa el 28 enero 2013, que fue desestimada el 1 de abril 2013 por no desvirtuar las alegaciones la resolución impugnada. Tercero.- Como consecuencia de lo anterior, por resolución de fecha 10 abril 2013 se declaró la percepción indebida de 2.996,20 euros correspondientes al periodo de 13 diciembre 2011 a 30 noviembre 2012, al haber sido suspendido el subsidio que venía percibiendo por superación de rentas. Cuarto.-Disconforme con esta resolución el actor interpuso reclamación previa el 13 mayo 2013 que fue desestimada por resolución de 21 junio 2013. Quinto.- Se agotó la vía administrativa previa.
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO
Que desestimando la demanda formulada por D. Faustino contra el Servicio Público de Empleo, debo absolver a la demandada de las pretensiones deducidas en su contra.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
Frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda absolviendo al SPEE de las pretensiones en su contra deducidas, recurre la parte actora construyendo su recurso en base a...
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