STSJ Castilla y León , 4 de Abril de 2016

PonenteGABRIEL COULLAUT ARIÑO
ECLIES:TSJCL:2016:1439
Número de Recurso146/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución 4 de Abril de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00614/2016

-C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID

Tfno: 983413204-208

Fax: 983.25.42.04

NIG: 34120 44 4 2015 0000428

402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0000146 /2016 G

Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000223 /2015 Sobre: RECLAMACION CANTIDAD

RECURRENTE/S D/ña SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL -INEM- ABOGADO/A: ABOGADO DEL ESTADO

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

RECURRIDO/S D/ña: Jesús Manuel

ABOGADO/A: CARLOS HERMOSO ELICES

PROCURADOR:

GRADUADO/A SOCIAL:

Iltmos. Sres.:

D. Gabriel Coullaut Ariño Presidente de la Sala

D. Manuel Mª Benito López

D. Juan José Casas Nombela /

En Valladolid a cuatro de abril de dos mil dieciséis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 146/2016, interpuesto por SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL-INEM- contra la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº Uno de Palencia, de fecha 30 de septiembre de 2.015, (Autos núm. 223/2015), dictada a virtud de demanda promovida por D. Jesús Manuel contra el SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL-INEM sobre RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Gabriel Coullaut Ariño.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7 de mayo de 2.015 se presentó en el Juzgado de lo Social Nº Uno de Palencia demanda formulada por D. Jesús Manuel en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos que consta en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:

"1°.- El actor D. Jesús Manuel, mayor de edad y con NIE NUM000, de nacionalidad argelina presentó el 12-11-2012 solicitud de prestación contributiva por desempleo, dictándose Resolución por el Servicio Público de Empleo Estatal (en adelante SPEE), Dirección Provincial de Palencia, reconociendo - por alta inicial - la prestación contributiva por desempleo con base en los siguientes datos:

Días cotizados 855

Días de derecho 240

Días consumidos ----Período reconocido: del 30/10/2012 al 29/6/2013.

Base Reguladora diaria: 39,81 E

% sobre la base reguladora: 70.

% por desempleo parcial:-----Cuantía diaria inicial: 27,86 E

Base de cotización por contingencias comunes: 39,81 E

Fecha de inicio del pago: 10/12/2012

  1. - En fecha no acreditada, D. Jesús Manuel presentó solicitud de reanudación de prestación por desempleo contributiva, a la que se accedió por el SPEE, Dirección Provincial de Palencia, mediante Resolución de 17-3-2014, en los siguientes términos:

Días cotizados 855

Días de derecho 240

Días consumidos 128

Período reconocido: del 17/3/2014 al 8/7/2014.

Base Reguladora diaria: 39,81

% sobre la base reguladora: 70 %.

% por desempleo parcial:-----Cuantía diaria inicial: 27,86 E

Base de cotización por contingencias comunes: 39,81 € Fecha de inicio del pago: 10/04/2014. 3°.- El 5/12/2014 se emitió por el SPEE, Dirección Provincial de Palencia, comunicación sobre propuesta de extinción de prestaciones y percepción indebida de las mismas, dirigida a D. Jesús Manuel al considerar que se habían producido determinadas circunstancias que podían afectar a derecho a percibir una prestación por desempleo a nivel contributivo, concretamente, "salida al extranjero no comunicada" "Ud. ha viajado fuera del territorio nacional sin haberlo comunicado previamente al Servicio Público de Empleo" todo ello según consta al f. 69 de los autos.

3.1- El Sr. Jesús Manuel presentó el 18-12-2014 escrito de alegaciones en el sentido de que "en el período que ustedes me indican (1-6-2013 a 8-7-2014) empecé a trabajar desde el 20 de junio 2013 hasta 10 de marzo 2014, el 17 de marzo he reanudado el paro y soy el mismo quien ha pedido la baja el día 30 para dar de alta como autónomo desde 01 de abril 2014 hasta el día de hoy, y he cobrado lo que quedaba de prestación hasta el día 08-07-2014, y por lo tanto no he hecho ningún viaje en el que me veía obligado de avisar a ustedes" todo ello según consta al f. 68 de los autos.

3.2- El SPEE. según escrito de 22-12-2014 requirió a D. Jesús Manuel para que aportara el pasaporte vigente a fecha 31/5/2013 donde constaran las entradas y salidas del territorio nacional (f. 67) lo que fue contestado por escrito de 13-1-2015 en el sentido de haber cambiado el pasaporte en el mes de noviembre y haber devuelto el anterior a la embajada de Argelia en Madrid (f. 65).

3.3.-El SPEE, Dirección Provincial de Palencia por Resolución de 15-1-2015, acordó:

-Reclamar la percepción indebida de prestaciones por desempleo en una cuantía de 3.111,13 euros correspondientes al período del 1/6/2013 al 8/7/2014.

-Extinguir la percepción de la prestación o subsidio reconocidos, no pudiendo acceder a ninguna prestación o subsidio que pudiera corresponder por el agotamiento del derecho extinguido.

(folio 64 de los autos)

3.4- Interpuesta Reclamación Previa por escrito de 4-3-2015 la misma ha sido desestimada por nueva Resolución del SPEE de 93-2015, alegándose como hechos los siguientes:

Segundo

Según información recibida de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la Dirección General de la Policia, Vd. fue controlado el día 31/05/2013 a las 11:50 horas, en la localidad de Madrid, constando que Vd. retornó a España ese mismo día en el vuelo de la compañía aérea AIR ALGERIE, AH número de vuelo NUM001 .

Asimismo, también fue controlado el día 06/01/2014 a las 14:10 horas constando que vd. ingresó en España ese mismo día procedente de Argelia, en vuelo de la compañía aérea IBERIA, IB, número de vuelo NUM002 .

Tercero

Las salidas de España que se corresponden con los retornos a nuestro territorio nacional, indicados en el hecho anterior, no fueron comunicadas a este Servicio Público de Empleo Estatal.

  1. - D. Jesús Manuel ha renovado su pasaporte el 28-noviembre-2014 sin que conste que tenga el anterior en su poder.

  2. - El Sr. Jesús Manuel contrajo matrimonio el 14-5-2013 en el Ayuntamiento de "ued Rhiou (Argelia), saliendo de España el 15- 2013.

  3. - En fecha 1-4-2014, D. Jesús Manuel cursó su alta como trabajador en la Tesorería General de la Seguridad Social, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en la actividad de Servicios de apoyo en la silvicultura, situación en la que permaneció al menos hasta el 7/5/2015, con una base de cotización (año 2015) de 884,40 €/mes.

  4. - Desde Julio de 2012, D....

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