SAN 210/2016, 18 de Abril de 2016

PonenteJUAN CARLOS FERNANDEZ DE AGUIRRE FERNANDEZ
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 8ª
ECLIES:AN:2016:1258
Número de Recurso202/2013

A U D I E N C I A N A C I O N A L

Sala de lo Contencioso-Administrativo

SECCIÓN OCTAVA

Núm. de Recurso: 0000202 / 2013

Tipo de Recurso: PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Núm. Registro General: 01551/2013

Demandante: AYUNTAMIENTO DE CARREÑO (ASTURIAS)

Procurador: DON IGNACIO DE NORIEGA ARQUER

Demandado: MINISTERIO DE FOMENTO

Abogado Del Estado

Ponente IImo. Sr.: D. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ DE AGUIRRE FERNÁNDEZ

S E N T E N C I A Nº:

IImo. Sr. Presidente:

  1. FERNANDO LUIS RUIZ PIÑEIRO

    Ilmos. Sres. Magistrados:

    Dª. MERCEDES PEDRAZ CALVO

  2. JOSÉ ALBERTO FERNÁNDEZ RODERA

  3. JUAN CARLOS FERNÁNDEZ DE AGUIRRE FERNÁNDEZ

    Dª. ANA ISABEL GÓMEZ GARCÍA

    Madrid, a dieciocho de abril de dos mil dieciséis.

    VISTOS por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso contencioso-administrativo nº 202/2013, promovido por el Procurador de los Tribunales don Ignacio de Noriega Arquer, en nombre y representación del Ayuntamiento de Carreño (Asturias), contra la Resolución del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de 21 de diciembre de 2012, por delegación de la Ministra de Fomento, sobre expediente de información pública de proyecto de trazado.

    Han sido parte la Administración General del Estado, representada por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Resolución del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de 21 de diciembre de 2012, por delegación de la Ministra de Fomento, se aprobó el expediente de Información Pública del Proyecto de Trazado "Autovía acceso al puerto de El Musel. Duplicación de calzada AS-19. Tramo: Enlace de Lloreda (Gijón)-Enlace de El Empalme (Carreño)", Clave 41-O-5470, con las prescripciones que en la Resolución se indican.

Frente a dicha Resolución la representación procesal del Ayuntamiento de Carreño interpuso recurso contencioso-administrativo.

Reclamado el expediente a la Administración y siguiendo los trámites legales, se emplazó a la parte recurrente para la formalización de la demanda, lo que verificó mediante escrito que obra en autos, en el que termina solicitando de la Sala que dice sentencia por la que "se estime el recurso, declarando no ajustada a Derecho la Resolución de fecha 21 de diciembre de 2012 del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por delegación de la Ministra de Fomento, por la que se aprobó el expediente de Información Pública de Proyecto de Trazado de Clave 41-O-5470 `Autovía acceso al puerto de El Musel. Duplicación de calzada AS-19. Tramo: Enlace de Lloreda (Gijón)-Enlace de El Empalme (Carreño)#, anulándola".

SEGUNDO

Emplazada la Abogacía del Estado para que contestara a la demanda, así lo hizo en escrito en que, tras expresar los hechos y fundamentos de derecho que estimó convenientes, terminó solicitando una sentencia "desestimatoria de la demanda, con imposición de las costas a la actora".

TERCERO

Habiéndose recibido el recurso a prueba se practicó documental y pericial interesadas por las partes personadas, en los extremos admitidos por la Sala, con el resultado que obra en las actuaciones.

CUARTO

Practicadas las pruebas se dio traslado a las partes para la presentación de conclusiones sucintas acerca de los hechos alegados, las pruebas practicadas y los fundamentos jurídicos en que apoyaron sus pretensiones.

QUINTO

Concluidas las actuaciones quedaron pendientes de señalamiento para votación y fallo, el cual tuvo lugar el día 16 de marzo de 2016.

SEXTO

La cuantía de este recurso es indeterminada.

SÉPTIMO

Se han observado las prescripciones legales excepción hecha del plazo para dictar sentencia dada la complejidad y extensión del litigio y la existencia de otros señalamientos.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don JUAN CARLOS FERNÁNDEZ DE AGUIRRE FERNÁNDEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso administrativo determinar si es conforme a Derecho la Resolución del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de 21 de diciembre de 2012, por delegación de la Ministra de Fomento, por la que se aprueba el expediente de Información Pública de Proyecto de Trazado "Autovía acceso al puerto de El Musel. Duplicación de calzada AS-19. Tramo: Enlace de Lloreda (Gijón)-Enlace de El Empalme (Carreño)", con las prescripciones que en la Resolución se indican.

SEGUNDO

La necesidad de mejora de las comunicaciones del Puerto de El Musel con la red de vías de gran capacidad, fue abordada por la Dirección General de Carreteras con la emisión, el 28 de junio de 1993, de una Orden de Estudio por la que se autorizó la redacción del proyecto de construcción de la infraestructura "Nueva carretera. Ronda Oeste de Gijón, Autovía de acceso al Puerto de El Musel. Tramo: Lloreda-Musel".

La solución desarrollada por el proyecto consistía en la duplicación de la calzada existente entre Lloreda y Tremañes, prolongando el nuevo acceso mediante una carretera de nuevo trazado, con características de autovía, hasta el Puerto de El Musel, redactándose previamente a la redacción del proyecto de construcción un proyecto de trazado que fue aprobado el 3 de junio de 1995.

El 23 de abril de 1997 se aprobó provisionalmente el proyecto de construcción, actuación que determinó, a resultas del trámite de información pública a que fue sometido, la necesidad de realizar un estudio comparativo mediante el que se pudieran analizar y valorar todas las alternativas posibles.

Consecuencia de estas actuaciones, por Resolución del Director General de Carreteras de 8 de septiembre de 1998 se dictó Orden de Estudio Informativo del proyecto "Nueva carretera. Ronda Oeste de Gijón, Autovía de acceso al Puerto de El Musel. Tramo: Lloreda-Musel", con objeto de considerar todas las alternativas viables, en particular las siguientes:

  1. Solución desarrollada por el Proyecto 41-O-3250, que comunica el Puerto de El Musel con la A-66 en Lloreda (Gijón), coincidente en su desarrollo con el planeamiento urbanístico vigente;

  2. Alternativa atravesando el Cabo de Torres y el Valle del río Aboño hasta el cruce con la AS-19, para acabar íntegramente con el trazado de la anterior alternativa en la carretera de Tremañes, y

  3. Alternativa a través del valle de Ambás, enlazando con la A-8 en el enlace de Cogersa dentro del Tramo Serín-Avilés.

    En el Estudio Informativo se valoran las alternativas I y IV, y tras examen de ventajas, inconvenientes, costes, repercusiones y afecciones, entre otros valores, se optó por la alternativa IV -consistente en la duplicación de la Carretera AS-19 entre el enlace de Lloreda con la A-8 y el Enlace denominado "Centro de Transportes", para luego continuar, fuera ya de la traza de la A-19, hacia el Norte y finalmente hacia el Este, finalizando en la glorieta de la Avenida del Príncipe de Asturias (a la altura de la Ciudad del Transportista se proyecta un enlace que permite la conexión con los polígonos industriales y con la AS-19)- al ser muy superior a la alternativa I. Dicha alternativa no discurría por el término municipal de Carreño.

    El Estudio debía ser sometido a trámite de información pública y procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

    Por Resolución de la Dirección General de Carreteras de 13 de septiembre de 2001, publicada en el BOE de 20 de noviembre de 2001, se aprobó provisionalmente el Estudio Informativo "Autovía de acceso al Puerto de El Musel", acordándose la apertura de trámite de información pública a los efectos previstos en los artículos 10 de la Ley 25/1988 y 33, 34 y 35 de su Reglamento y someter a información pública la evaluación de impacto ambiental a los efectos de su legislación específica.

    A estos efectos la Concejala de Urbanismo del Ayuntamiento de Carreño informa en escrito de 4 de enero de 2012 que con fecha 21 de diciembre de 2011 se emitió informe Técnico Municipal en el que, entre otros extremos, consta: "Con fecha 21 de noviembre de 2001 se recibe procedente del Ministerio de Fomento, Dirección General de Carreteras, escrito relativo al trámite de información pública del Estudio Informativo `Autovía de acceso al puerto de El Musel información pública y consultas sobre el Estudio de Impacto Ambiental del citado proyecto. Las alternativas propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental se denominan alternativa I y alternativa IV y son acordes con la definición de las consideradas combinaciones viables de los corredores de los estudios previos del Estudio Informativo. La Comisión Municipal de Urbanismo, Infraestructuras, Vivienda, Obras y Asuntos Rurales, en reunión de fecha 10 de enero de 2002, acuerda manifestar su total rechazo al paso de las alternativas planteadas por territorio municipal" -Doc 4.1 aportado con la demanda.

    Es menester señalar que la tramitación ambiental quedó paralizada, sin que se emitiese la correspondiente DIA dado que en abril de 2003 Puertos del Estado comunicó a la Dirección General de Carreteras que se estaba redactando un anteproyecto de ampliación del puerto de El Musel, previéndose la posibilidad de nuevas alternativas a la aprobada provisionalmente -alternativa IV- e interesando por ello la devolución del expediente a fin de poder ser reformado y completado.

    También es preciso puntualizar que el 25 de marzo de 2004 Puertos del Estado remitió a la Subdirección General de Planificación información relativa al Anteproyecto de Ampliación del Puerto de El Musel, donde, además de las actuaciones previstas en el Estudio Informativo, se define la necesidad de un nuevo acceso por el Valle de Aboño, con objeto de que por dicho organismo se pueda analizar que las hipótesis del Estudio Informativo...

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