SAN, 25 de Febrero de 2000

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
EmisorAudiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª
ECLIES:AN:2000:1231
Número de Recurso0620/1997

Sentencia

Madrid, a veinticinco de febrero de dos mil.

Vistos los autos del recurso Contencioso-Administrativo número 01/620/1997, que ante esta Sala

de la Audiencia Nacional, ha promovido el letrado D. JUAN CARLOS SAIZ NICOLAS en nombre y

representación de MERCANTIL SOBRINO HERMANOS S.A. frente a la Administración General del

Estado, contra desestimación presunta responsabilidad patrimonial ( Ministerio de Medio

Ambiente), siendo Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. ALFREDO ROLDAN HERRERO.

-I-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso-Administrativo mediante escrito presentado en fecha 13 de agosto de 1.997 contra resolución antes mencionada, acordándose su admisión por Providencia de fecha 11 de marzo de 1.998 con publicación en el B.O.E. del anuncio prevenido por la Ley y con reclamación del expediente administrativo.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha, 25 de junio de 1.998 en el cual tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, termino suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos. y reconociendo el derecho a percibir 850.542.214 pesetas

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó la demanda mediante escrito presentado con fecha 27 de octubre de 1.998 en el cual tras alegar los hechos y los fundamentos jurídicos que estimó aplicables terminó suplicando la desestimación del presente recurso.

CUARTO

No admitido el recibimiento a prueba, se dio traslado para conclusiones a la parte actora, y después al Sr. Abogado del Estado, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que se reiteraron en sus respectivos pedimentos.

QUINTO

Conclusos los autos se señaló para votación y fallo de este recurso el día 23 de febrero del

2.000 en que se deliberó y votó, habiéndose observado en la tramitación las prescripciones legales.

-

II-FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución presunta del Ministerio de Medio Ambiente deenegando petición suscrita por la recurrente MERCANTIL SOBRINO HERMANOS S.A., para que se le indemnizase por la imposibilidad de regar de regar o las limitaciones alriego impuestas en la zona del Acuífero 24, en el campo de montiel, por la publicación del R.D. 393/88 de 22 de abril que declaraba sobreexplotado ese acuífero.

SEGUNDO

El tema del resarcimiento de perjuicios por cesación o limitación de riegos ya ha sido cumplidamente tratado por esta Sala y por el Tribunal Supremo. En cuanto a esta Sala, en sentencia de 26 de octubre de 1.992 se estimó tal reclamación y parcialmente también en Sentencia de 12 de noviembre de

1.993, pero en ambos casos por una razón muy puntual y concreta, la inoportunidad del citado Real Decreto respecto del estado de las cosechas de cereal, casi en sazón con las correspondientes pérdidas o mermas de unos rendimientos esperados, previsibles y...

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