SAN, 7 de Julio de 2000
Ponente | ALFREDO ROLDAN HERRERO |
Emisor | Audiencia Nacional. Sala Contencioso Administrativo, Sección 1ª |
ECLI | ES:AN:2000:4806 |
Número de Recurso | 0121/1999 |
Sentencia
Madrid, a siete de julio de dos mil.
Vistos los autos del recurso Contencioso-Administrativo número 01/121/1.999 que ante esta Sala
de la Audiencia Nacional, ha promovido el Procurador D. LEOPOLDO PUIG PEREZ DE
INESTROSA en nombre y representación de BANCO BILBAO VIZCAYA S.A. frente a la
Administración General del Estado, contra resolución de la Agencia de Protección de Datos de
fecha 22 de diciembre de 1.998 que imponía al Banco Bilbao Vizcaya S.A., sanción de multa de
cincuenta millones una pesetas por infracción muy grave en el art. 43-4-b de la L.O. 5/92 de 29 de
octubre , siendo Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. ALFREDO ROLDAN HERRERO.
Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso-Administrativo mediante escrito presentado en fecha 17 de febrero de 1.999 contra resolución antes mencionada, acordándose su admisión por Providencia de fecha 12 de marzo de 1.999 con publicación en el B.O.E. del anuncio prevenido por la Ley y con reclamación del expediente administrativo.
En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 2 de junio de 1.999 en el cual tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, termino suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
El Sr. Abogado del Estado contestó la demanda mediante escrito presentado con fecha 14 octubre de 1.999 en el cual tras alegar los hechos y los fundamentos jurídicos que estimó aplicables terminó suplicando la desestimación del presente recurso.
Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 20 de octubre de 1.999, se propuso por la parte actora la documental. admitiéndose por esta sala con el resultado que obra en autos.
Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, reiterándose en sus respectivos pedimentos.
Conclusos los autos se señaló para votación y fallo de este recurso el día 5 de julio del
2.000 en que se deliberó y votó, habiéndose observado en la tramitación las prescripciones legales.
Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Agencia de Protección de Datos de fecha 22 de diciembre de 1.998 que imponía al Banco Bilbao Vizcaya S.A. sanción de multa de cincuenta millones una pesetas por infracción muy grave prevista en el art. 43-4-b de la
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