ATS, 6 de Abril de 2016

PonenteANGEL FERNANDO PANTALEON PRIETO
ECLIES:TS:2016:2811A
Número de Recurso2790/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 6 de Abril de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a seis de Abril de dos mil dieciséis.

HECHOS

  1. - La representación procesal de ESTACIO DE SERVEI CAMARO, S.L., presentó el día 10 de octubre de 2014 escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 29 de julio de 2014 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28ª), en el rollo de apelación nº 392/2013 , dimanante del juicio ordinario nº 605/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 73 de Madrid.

  2. - Por la parte recurrente se efectuaron los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial , acordándose por diligencia de ordenación tener por interpuestos los recursos con remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes ante esta Sala.

  3. - El procurador D. David García Riquelme, en nombre y representación de ESTACIO DE SERVEI CAMARO, S.L., presentó escrito ante esta Sala el día 3 de noviembre de 2014, personándose como parte recurrente. El procurador D. Joaquín Fanjul De Antonio, en nombre y representación de REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLIFEROS, S.A., presentó escrito ante esta Sala el día 5 de noviembre de 2014, personándose como parte recurrida.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Fernando Pantaleon Prieto

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de ESTACIO DE SERVEI CAMARO, S.L., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose, en este momento procesal, causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , procede entregar copia del escrito de interposición del recurso de casación y extraordinario por infracción procesal formalizados, a la parte recurrida para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

  3. - De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ADMITIR LOS RECURSOS DE CASACIÓN Y EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de ESTACIO DE SERVEI CAMARO, S.L., contra la sentencia dictada, con fecha 29 de julio de 2014 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 28ª), en el rollo de apelación nº 392/2013 , dimanante del juicio ordinario nº 605/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 73 de Madrid.

  2. Dese traslado por la Secretaria de la Sala del escrito de interposición de los recursos, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría de la Sala .

Frente a este auto no cabe interponer recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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