SAP A Coruña 113/2016, 25 de Febrero de 2016
Ponente | IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS |
ECLI | ES:APC:2016:250 |
Número de Recurso | 1742/2015 |
Procedimiento | PENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS |
Número de Resolución | 113/2016 |
Fecha de Resolución | 25 de Febrero de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - A Coruña, Sección 1ª |
. AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
A CORUÑA
SENTENCIA: 00113/2016
Rollo: ADL APELACION JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0001742 /2015
Órgano procedencia: JDO. INSTRUCCION nº 001 de FERROL
Procedimiento de origen: JUICIO DE FALTAS 0001627 /2015
SENTENCIA
Ilmo./a. MAGISTRADO D/Dña. IGNACIO ALFREDO PICATOSTE SUEIRAS
En A CORUÑA a veinticinco de febrero de dos mil dieciséis
La Sección 001 de la Audiencia Provincial de A CORUÑA, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el procedimiento de referencia, siendo partes en esta instancia, como apelante EL MINISTERIO.
El Juez de JDO. INSTRUCCION nº 001 de FERROL, con fecha 09/09/15 dictó sentencia en el Juicio por delitos leves del que dimana este recurso.
La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así: Que debo condenar y condeno a Juan Manuel, como autor de una falta de lesiones, prevista y penada en el artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de MULTA DE UN MES, a razón de SEIS EUROS DÍA, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
En concepto de responsabilidad civil se condena a Juan Manuel a que indemnice a Cecilio en la cantidad de 670 euros y al SERGAS en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por la asistencia prestada a Cecilio .
Y con imposición de las costas causadas en este procedimiento, si las hubiere, a Juan Manuel .
Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por MINISTERIO FISCAL, que fue admitido en ambos efectos, y practicadas las diligencias oportunas, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde se registraron, se formó el rollo de Sala y se turnaron de ponencia.
No habiéndose propuesto diligencias probatorias y al estimarse innecesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia
HECHOS PROBADOS
Se aceptan, en lo sustancial, los hechos que se declaran probados en la sentencia de instancia que se reproducen a continuación: En hora indeterminada de la noche del 16 al 17 de agosto de 2014, en la localidad de Ares, Juan Manuel golpeó con la mano en el oído derecho a Cecilio, causándole una contusión y perforación de la membrana timpánica, que precisó para su sanidad una primera asistencia, invirtiendo en su curación 15 días impeditivos y 28 días no impeditivos.
La objeción por el Ministerio...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Baleares 129/2016, 25 de Julio de 2016
...para el reo. Ya por último indicar la distinción entre los distintos supuestos que pueden darse como bien señala la SAP de A Coruña de fecha 25 de febrero de 2016, sección 1ª (ROJ: STS 250/2016 ) al afirmar que " las lesiones leves tipificadas en el hoy derogado artículo 617.1 del Código Pe......
-
SAP Baleares 86/2016, 31 de Mayo de 2016
...que cumplimentado. Ya por último indicar la distinción entre los distintos supuestos que pueden darse como bien señala la SAP de A Coruña de fecha 25 de febrero de 2016, sección 1ª (ROJ: STS 250/2016 ) al afirmar que " las lesiones leves tipificadas en el hoy derogado artículo 617.1 del Cód......
-
SAP Baleares 85/2016, 30 de Mayo de 2016
...que cumplimentado. Ya por último indicar la distinción entre los distintos supuestos que pueden darse como bien señala la SAP de A Coruña de fecha 25 de febrero de 2016, sección 1ª (ROJ: STS 250/2016 ) al afirmar que " las lesiones leves tipificadas en el hoy derogado artículo 617.1 del Cód......