SAP Vizcaya 2/2016, 7 de Enero de 2016

PonenteJOSE ANGEL ODRIOZOLA FERNANDEZ
ECLIES:APBI:2016:122
Número de Recurso441/2015
ProcedimientoRECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000
Número de Resolución2/2016
Fecha de Resolución 7 de Enero de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN CUARTA

BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA - LAUGARREN SEKZIOA

BARROETA ALDAMAR 10-3ªplanta - C.P./PK: 48001

Tel.: 94-4016665

Fax / Faxa: 94-4016992

NIG PV / IZO EAE: 48.05.2-13/000555

NIG CGPJ / IZO BJKN :48090.42.1-2013/0000555

A.p.ordinario L2 / E_A.p.ordinario L2 441/2015

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : UPAD de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Balmaseda / Balmasedako Lehen Auzialdiko eta Instrukzioko 2 zk.ko ZULUP

Autos de Procedimiento ordinario LEC 2000 253/2013 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: Ana

Procurador/a/ Prokuradorea:ELENA RUIZ MARTINEZ

Abogado/a / Abokatua: JOSE LUIS ALEGRE IZQUIERDO

Recurrido/a / Errekurritua: Constanza y Fátima

Procurador/a / Prokuradorea: MARIA PILAR AGUIRREGOMOZCORTA ECHEZARRETA y MARIA PILAR AGUIRREGOMOZCORTA ECHEZARRETA

Abogado/a/ Abokatua: MARIA COVADONGA ALVAREZ SANCHEZ y MARIA COVADONGA ALVAREZ SANCHEZ

S E N T E N C I A Nº 2/2016

ILMOS. SRES.

Dª. LOURDES ARRANZ FREIJO

Dª. REYES CASTRESANA GARCIA

D. JOSE ANGEL ODRIOZOLA FERNANDEZ

En BILBAO (BIZKAIA), a siete de enero de dos mil dieciséis.

La Audiencia Provincial de Bizkaia - Sección Cuarta, constituida por los Ilmos. Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Procedimiento ordinario LEC 2000 253/2013 del UPAD de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Balmaseda, a instancia de Ana apelante - demandada, representada por la Procuradora Sra. ELENA RUIZ MARTINEZ y defendida por el Letrado Sr. JOSE LUIS ALEGRE IZQUIERDO, contra Dª. Constanza y Dª Fátima apelados - demandantes, representados por la Procuradora Sra. MARIA PILAR AGUIRREGOMOZCORTA ECHEZARRETA y defendidos por la Letrada Dª. MARIA COVADONGA ALVAREZ SANCHEZ; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 11 de mayo de 2015 .

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de la sentencia de fecha 11 de mayo de 2015 es del tenor literal siguiente:

FALLO

QUE ESTIMÁNDOSE ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales, Dª María Pilar Aguirregomozcorta Echezarreta en nombre y representación de Dª Fátima y Dª Constanza contra Dª Sofía y los posibles herederos de ésta, declarada en situación de rebeldía procesal, y Dª Ana representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Elena Ruiz Martínez, en ejercicio de la acción declarativa de dominio y DESESTIMANDOÍNTEGRAMENTE la demanda reconvencional interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª Elena Ruiz Martínez en nombre y representación de Dª Ana contra Dª Fátima y Dª Constanza representadas por la Procuradora de los Tribunales Dª María Pilar Aguirregomozcorta Echezarreta, DEBO DECLARAR Y DECLARO EL DOMINIO DE Dª Fátima y Dª Constanza DE DOS TERCERAS PARTES DE LA FINCA NÚM. NUM000, FOLIO NUM001 VUELTO, TOMO NUM002, LIBRO NUM003 DE LANESTOSA, INSCRIPCIÓN SEXTA, DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BALMASEDA QUE CONSTA INSCRITA A NOMBRE DE Dª Sofía .

DE CONFORMIDAD CON LO ANTERIOR SE ACUERDA LA CANCELACIÓN DE DICHA INSCRIPCIÓN A NOMBRE DE Dª Sofía ASÍ COMO DE TODAS AQUELLAS INSCRIPCIONES QUE CONTRADIGAN LO DISPUESTO EN LA PRESENTE RESOLUCIÓN.

SE ACUERDA EXPEDIR MANDAMIENTO DE CANCELACIÓN AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BALMASEDA DE LA FINCA SEÑALADA EN LOS TÉRMINOS FIJADOS.

LA PARTES DEMANDADAS ABONARÁN LAS COSTAS EN SU TOTALIDAD.

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que, admitido a trámite por la UPAD de 1ª Instancia Balmaseda y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el número 441/15 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento, quedaron las actuaciones sobre la mesa del Tribunal para votación y fallo.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE ANGEL ODRIOZOLA FERNANDEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se acepta la fundamentación jurídica de la resolución recurrida en todo lo que no se oponga a lo que expresamente se manifestará en la presente.

SEGUNDO

Ante la estimación de la demanda declara el dominio sobre dos terceras partes de la finca, objeto de autos, se alza la demandada reconviniente, pretendía titularidad única bajo prescripción adquisitiva ordinaria, manteniendo su posición de fondo y reiterando en el aspecto formal la falta de legitimación activa de la contraparte.

TERCERO

En el aspecto formal reiterar instancia, en todo momento se reconoce derecho sobre finca componente de haber hereditario de forma igualitaria, se reconoce el tercio...

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