SAP Vizcaya 2/2016, 7 de Enero de 2016
Ponente | JOSE ANGEL ODRIOZOLA FERNANDEZ |
ECLI | ES:APBI:2016:122 |
Número de Recurso | 441/2015 |
Procedimiento | RECURSO APELACIóN PROCEDIMIENTO ORDINARIO LEC 2000 |
Número de Resolución | 2/2016 |
Fecha de Resolución | 7 de Enero de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BIZKAIA - SECCIÓN CUARTA
BIZKAIKO PROBINTZIA AUZITEGIA - LAUGARREN SEKZIOA
BARROETA ALDAMAR 10-3ªplanta - C.P./PK: 48001
Tel.: 94-4016665
Fax / Faxa: 94-4016992
NIG PV / IZO EAE: 48.05.2-13/000555
NIG CGPJ / IZO BJKN :48090.42.1-2013/0000555
A.p.ordinario L2 / E_A.p.ordinario L2 441/2015
O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : UPAD de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Balmaseda / Balmasedako Lehen Auzialdiko eta Instrukzioko 2 zk.ko ZULUP
Autos de Procedimiento ordinario LEC 2000 253/2013 (e)ko autoak
Recurrente / Errekurtsogilea: Ana
Procurador/a/ Prokuradorea:ELENA RUIZ MARTINEZ
Abogado/a / Abokatua: JOSE LUIS ALEGRE IZQUIERDO
Recurrido/a / Errekurritua: Constanza y Fátima
Procurador/a / Prokuradorea: MARIA PILAR AGUIRREGOMOZCORTA ECHEZARRETA y MARIA PILAR AGUIRREGOMOZCORTA ECHEZARRETA
Abogado/a/ Abokatua: MARIA COVADONGA ALVAREZ SANCHEZ y MARIA COVADONGA ALVAREZ SANCHEZ
S E N T E N C I A Nº 2/2016
ILMOS. SRES.
Dª. LOURDES ARRANZ FREIJO
Dª. REYES CASTRESANA GARCIA
D. JOSE ANGEL ODRIOZOLA FERNANDEZ
En BILBAO (BIZKAIA), a siete de enero de dos mil dieciséis.
La Audiencia Provincial de Bizkaia - Sección Cuarta, constituida por los Ilmos. Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Procedimiento ordinario LEC 2000 253/2013 del UPAD de 1ª Instancia e Instrucción nº 2 de Balmaseda, a instancia de Ana apelante - demandada, representada por la Procuradora Sra. ELENA RUIZ MARTINEZ y defendida por el Letrado Sr. JOSE LUIS ALEGRE IZQUIERDO, contra Dª. Constanza y Dª Fátima apelados - demandantes, representados por la Procuradora Sra. MARIA PILAR AGUIRREGOMOZCORTA ECHEZARRETA y defendidos por la Letrada Dª. MARIA COVADONGA ALVAREZ SANCHEZ; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 11 de mayo de 2015 .
Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.
El Fallo de la sentencia de fecha 11 de mayo de 2015 es del tenor literal siguiente:
FALLO
QUE ESTIMÁNDOSE ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales, Dª María Pilar Aguirregomozcorta Echezarreta en nombre y representación de Dª Fátima y Dª Constanza contra Dª Sofía y los posibles herederos de ésta, declarada en situación de rebeldía procesal, y Dª Ana representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Elena Ruiz Martínez, en ejercicio de la acción declarativa de dominio y DESESTIMANDOÍNTEGRAMENTE la demanda reconvencional interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª Elena Ruiz Martínez en nombre y representación de Dª Ana contra Dª Fátima y Dª Constanza representadas por la Procuradora de los Tribunales Dª María Pilar Aguirregomozcorta Echezarreta, DEBO DECLARAR Y DECLARO EL DOMINIO DE Dª Fátima y Dª Constanza DE DOS TERCERAS PARTES DE LA FINCA NÚM. NUM000, FOLIO NUM001 VUELTO, TOMO NUM002, LIBRO NUM003 DE LANESTOSA, INSCRIPCIÓN SEXTA, DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BALMASEDA QUE CONSTA INSCRITA A NOMBRE DE Dª Sofía .
DE CONFORMIDAD CON LO ANTERIOR SE ACUERDA LA CANCELACIÓN DE DICHA INSCRIPCIÓN A NOMBRE DE Dª Sofía ASÍ COMO DE TODAS AQUELLAS INSCRIPCIONES QUE CONTRADIGAN LO DISPUESTO EN LA PRESENTE RESOLUCIÓN.
SE ACUERDA EXPEDIR MANDAMIENTO DE CANCELACIÓN AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BALMASEDA DE LA FINCA SEÑALADA EN LOS TÉRMINOS FIJADOS.
LA PARTES DEMANDADAS ABONARÁN LAS COSTAS EN SU TOTALIDAD.
Publicada y notificada dicha resolución a las partes litigantes, por la representación de la parte demandada se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que, admitido a trámite por la UPAD de 1ª Instancia Balmaseda y tramitado en legal forma, ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el número 441/15 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.
Hecho el oportuno señalamiento, quedaron las actuaciones sobre la mesa del Tribunal para votación y fallo.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Ha sido Ponente para este trámite el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE ANGEL ODRIOZOLA FERNANDEZ.
Se acepta la fundamentación jurídica de la resolución recurrida en todo lo que no se oponga a lo que expresamente se manifestará en la presente.
Ante la estimación de la demanda declara el dominio sobre dos terceras partes de la finca, objeto de autos, se alza la demandada reconviniente, pretendía titularidad única bajo prescripción adquisitiva ordinaria, manteniendo su posición de fondo y reiterando en el aspecto formal la falta de legitimación activa de la contraparte.
En el aspecto formal reiterar instancia, en todo momento se reconoce derecho sobre finca componente de haber hereditario de forma igualitaria, se reconoce el tercio...
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ATS, 9 de Mayo de 2018
...contra la sentencia dictada con fecha 7 de enero de 2016 por la Audiencia Provincial de Bizkaia (Sección 4.ª), en el rollo de apelación n.º 441/15 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 253/13 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Mediante diligencia de ordenació......