SAP Sevilla 553/2007, 14 de Diciembre de 2007

PonenteFERNANDO SANZ TALAYERO
ECLIES:APSE:2007:3914
Número de Recurso4450/2007
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución553/2007
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª

SENTENCIA

ILTMOS. SRES.

DON JUAN MARQUEZ ROMERO

DON CONRADO GALLARDO CORREA

DON FERNANDO SANZ TALAYERO

REFERENCIA

JUZGADO DE PROCEDENCIA 1ª. Instancia 12 de Sevilla

ROLLO DE APELACION 4450/07-S

AUTOS Nº 173/07

En Sevilla, a 14 de diciembre dos mil siete.

VISTOS por la Sección Quinta de esta Iltma Audiencia Provincial los autos de Juicio Verbal nº 173/07, procedentes del Juzgado de Primera Instancia 12 de Sevilla, promovidos por D. Javier , representado por el Procurador D. José Luis Arredondo Prieto, contra la Comunidad de Propietarios de Garajes de la calle DIRECCION000 nº NUM000 - NUM001 - NUM002 de Sevilla, representados por el Procurador D. Juan Antonio Coto Domínguez; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por el Procurador D. José Luis Arredondo Prieto, en nombre y representación de D. Javier , contra la Sentencia en los mismos dictada con fecha 2 de marzo de 2007.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "FALLO: Desestimar íntegramente la demanda y, en su consecuencia:

  1. - Alzar la suspensión de obra acordada por este Juzgado de Primera Instancia nº 12 de Sevilla por auto de fecha 2 de febrero de 2007 , autorizando a la Comunidad de Propietarios de Garajes de la calle DIRECCION000 nº NUM000 - NUM001 - NUM002 de Sevilla a continuar con la ejecución de los trabajos que venía desarrollando en la proyectada "Sala de Mantenimiento", dentro del espacio físico correspondiente a la plaza de garaje y el trastero nº NUM003 , ubicados en la planta sótano del inmueble.

  2. - Condenar a D. Javier a abonar las costas procesales causadas.

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por la parte actora, y admitido que lefue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de interposición de la apelación y de oposición a la misma, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Por resolución de 24 de septiembre de 2007, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día 14 de diciembre de 2007, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don FERNANDO SANZ TALAYERO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El promotor de estas actuaciones, propietario de la plaza de garaje y trastero nº NUM003 del edificio sito en C/. DIRECCION000 nº NUM000 - NUM001 - NUM002 de Sevilla, interpuso en el escrito inicial una acción de suspensión de una obra nueva (la denominada acción interdictal de obra nueva), contra la Comunidad de Propietarios de Garajes de C/. DIRECCION000 nº NUM000 - NUM001 - NUM002 , la cual está realizando unas obras que según el demandante suprimirían su plaza de aparcamiento y trastero para hacer una "sala de mantenimiento".

La entidad demandada se opuso a la demanda, alegando que la plaza de garaje del demandante está ocupada desde fecha muy anterior a la adquisición de la misma por unos depósitos de agua encerrados en un espacio delimitado por paredes de techo a suelo.

La Sentencia de instancia desestima la demanda por cuanto considera que la obra ejecutada no supone un recorte o disminución del ejercicio de la posesión del actor, en los términos en que el demandante ha venido aceptándolo desde la adquisición de la finca. Contra ella se alza el demandante para insistir mediante un extenso escrito de apelación en su pretensión inicial de que se suspenda la obra.

SEGUNDO

Como esta Sala ya ha expuesto en ocasiones anteriores (v.gr. STS de 22 de abril de 2003, 19 de marzo de 2004, 1 de abril de 2004, 2 de octubre de 2007 ), de lo que se hace eco la Resolución impugnada, la acción de suspensión de una obra nueva tiene su antecedente en el interdicto de obra nueva de la anterior Ley de Enjuiciamiento Civil, y aunque el legislador la haya incorporado al catálogo de los asuntos que...

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