STSJ Canarias 196/2006, 20 de Septiembre de 2006

PonenteCRISTINA PAEZ MARTINEZ-VIREL
ECLIES:TSJICAN:2006:3072
Número de Recurso221/2002
Número de Resolución196/2006
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

+SENTENCIA Nº

ILMOS SRES

Dña Cristina Páez Martínez Virel

Presidente

D. César José García Otero

Dña Inmaculada Rodríguez Falcón

Magistrados

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de septiembre de 2006

Vistos, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias,

con sede en esta capital, el presente recurso 221/2002

en el que interviene como demandante D. Pedro Jesús representado por la

Procuradora Sra Dña Paloma Guijarro Rubio y ,demandado Administración Pública de la

Comunidad Autónoma de Canarias representado por el Letrado de los servicios Jurídicos del

Gobierno de Canarias y codemandado Ayuntamiento de Telde representado por el Procurador D.

Gerardo Pérez Almeida, siendo indeterminada la cuantía del procedimiento.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se impugna el Plan General de ordenación del Municipio de Telde aprobado definitivamente y de forma parcial Por la COTMAC con fecha 4 de febrero de 2002 suspendiéndose determinados sectores, remitido al BOP mediante Resolución del Concejal Delegado de Urbanismo de ese Ayuntamiento de 6 de febrero de 2002 para su publicación en el BOP n º 19 de 13 de febrero de 2002.

SEGUNDO

La representación procesal del recurrente se interpuso recurso contencioso administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia que deje sin eficacia la Unidad de Actuación 3 Balcón de Telde a la cual está adscrita por ser ajustada a derecho.

TERCERO

La demandada interesó la desestimación del recurso interpuesto.

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Siendo ponente la Ilma Sra. Dña Cristina Páez Martínez Virely VISTOS los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna el Plan General de ordenación del Municipio de Telde aprobado definitivamente y de forma parcial Por la COTMAC con fecha 4 de febrero de 2002 suspendiéndose determinados sectores, remitido al BOP mediante Resolución del Concejal Delegado de Urbanismo de ese Ayuntamiento de 6 de febrero de 2002 para su publicación en el BOP n º 19 de 13 de febrero de 2002.

SEGUNDO

Por la parte actora se solicita que se declare que el suelo de su propiedad es consolidado apoyando su petición en lo siguiente:

  1. es propietario de un solar sito en Telde en la urbanización Balcón de Arucas que tiene una cabida de 1000 metros cuadrados; b) ha abonado los diferentes recibos de contribución urbana; c) estando el suelo clasificado como urbano tanto el Avance como la aprobación inicial del Plan General de Telde le otorgaban a dicho solar la clasificación de suelo urbano sin categorizar englobándolo en una unidad de actuación que inicialmente recibía la denominación de UA Balcón de Telde 2; d) discrepando los criterios de la Corporación presentó alegaciones que fueron rechazadas por carecer de condiciones y dotaciones urbanísticas procediendo a dividir la unidad de actuación; e) el Plan General de Ordenación Urbana de Telde fue aprobado por la COTMAC en sesión de 4 de febrero de 2002 y publicado en el BOC de 8 y 13 de febrero de 2002 y efectivamente aquella originaria unidad de actuación 2 aparece dividida en dos unidades de actuación independientes;f) la Administración reconoce que el solar cuenta con los servicios de acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales y suministro de energía eléctrica pero no que cuenta con los servicios de pavimentación de calzada, encintado de aceras y alumbrado público; g) en el estudio del Plan se aprecia que el núcleo urbano donde está el solar está enclavado tiene la categorización de de urbano consolidado a excepción de las Unidades de Actuación Balcón de Telde 2 y...

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