SAP Asturias 111/2009, 11 de Marzo de 2009

PonenteJOSE IGNACIO ALVAREZ SANCHEZ
ECLIES:APO:2009:250
Número de Recurso408/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución111/2009
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA: 00111/2009

SENTENCIA Nº 111/09

ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000408 /2008

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE

D. José Ignacio Álvarez Sánchez

MAGISTRADOS

D. Agustín Azparren Lucas

D. Guillermo Sacristán Represa

En Oviedo a, once de Marzo de dos mil nueve.

VISTOS en grado de apelación por esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de INCAPACITACION 13 /2008, procedentes del JDO.1A.INST. E INSTRUCCION N.3 de AVILES, Rollo 408 /2008, entre partes, como Apelante D. Adolfo representado por el Procurador de los Tribunales D. JOSE MARIA GUERRA GARCIA, y bajo la dirección letrada de Dª MARGARITA LOPEZ ALVAREZ y el MINISTERIO FISCAL, en la representación que le es propia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Aviles dictó Sentencia en los autos referidos con fecha 1 de Septiembre de 2008 cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que debo estimar y estimo, en su integridad, la demanda interpuesta por el MINISTERIO FISCAL, contra DON Adolfo , y, en su virtud, 1) Declaro su incapacidad plena para regir su persona y bienes. 2) El incapacitado queda sometido a tutela, la cual deberá constituirse en expediente de jurisdicción voluntaria, que se deberá incoar con el testimonio de esta resolución. 3) Se nombra para el desempeño del cargo de tutor, con todas las atribuciones legales, a la Administración del Principado de Asturias, a través de la figura del "Letrado del Anciano" u órgano competente, que quedará sujeto, en el ejercicio de dicho cargo, al régimen jurídico previsto en el Código Civil. 4) Inscríbase estas sentencia en el Registro Civil que corresponda. 5 ) No ha lugar a pronunciamientoen materia de costas. Llévese el original al protocolo de sentencias dejando testimonio bastante en las actuaciones."

TERCERO

Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes.

CUARTO

Se celebró la vista oral el día 9 de Marzo de 2009 a las 11,30 horas con el resultado que obra en autos, quedando los autos para sentencia.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Don José Ignacio Álvarez Sánchez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal promovió la declaración de incapacidad de D. Adolfo como...

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