STSJ Asturias 370/2016, 1 de Marzo de 2016
Ponente | FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2016:529 |
Número de Recurso | 156/2016 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 370/2016 |
Fecha de Resolución | 1 de Marzo de 2016 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL
OVIEDO
SENTENCIA: 00370/2016
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL DE OVIEDO
C/ SAN JUAN Nº 10
Tfno: 985 22 81 82
Fax: 985 20 06 59
NIG: 33037 44 4 2015 0000494
402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000156 /2016
Procedimiento origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000484 /2015
Sobre: RECLAMACION CANTIDAD
RECURRENTE/S D/ña: Leopoldo
ABOGADO/A: JESUS LAUDELINO ALONSO NOVAL
RECURRIDO/S D/ña: AYUNTAMIENTO SAN MARTIN DEL REY AURELIO AYUNTAMIENTO SAN MARTIN DEL RE
ABOGADO/A: DANIEL GOMEZ PELAEZ
Sentencia nº 370/16
En OVIEDO, a uno de Marzo de dos mil dieciséis.
Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, Presidente, Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS y Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 0000156/2016, formalizado por el letrado D. Leopoldo, en nombre y representación de Leopoldo, contra la sentencia número 544/2015 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de MIERES en el procedimiento ORDINARIO 0000484/2015, seguidos a instancia de Leopoldo frente a AYUNTAMIENTO SAN MARTIN DEL REY AURELIO, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ .
De las actuaciones se deducen los siguientes:
D. Leopoldo presentó demanda contra AYUNTAMIENTO SAN MARTIN DEL REY AURELIO, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 544/2015, de fecha seis de Noviembre de dos mil quince .
En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:
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- En sentencia de este Juzgado de 28 de enero pasado, recaída en autos 884/14, se declaró la improcedencia del despido de que fue objeto el actor en fecha 30 de septiembre de 2014.
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- En el hecho probado primero de dicha resolución se consignó un salario de 1.092,09 € mensuales, de acuerdo con lo alegado en la demanda de despido, lo que fue aceptado por el Ayuntamiento.
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- Agotada la preceptiva vía administrativa, presentó escrito de demanda en este Juzgado el día 15 de junio de 2015.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:
"Que acogiendo la excepción de cosa juzgada, debo declarar y declaro no haber lugar a la demanda formulada Leopoldo por contra el AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN DEL REY AURELIO, absolviendo al interpelado de los pedimentos formulados en su contra."
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Leopoldo formalizándolo posteriormente. Tal recurso no fue objeto de impugnación por la contraparte.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en fecha 28 de enero de 2016.
Admitido a trámite el recurso se señaló el día 18 de febrero de 2016 para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,
Frente a la Sentencia de instancia, que acogiendo...
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