SAP Asturias 75/2016, 19 de Febrero de 2016
Ponente | MARIA PAZ FERNANDEZ-RIVERA GONZALEZ |
ECLI | ES:APO:2016:483 |
Número de Recurso | 529/2015 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 75/2016 |
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
OVIEDO
SENTENCIA: 00075/2016
Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000529 /2015
Ilmos. Sres. Magistrados:
DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO
DON JOSÉ LUIS CASERO ALONSO
DOÑA MARÍA PAZ FERNÁNDEZ RIVERA GONZÁLEZ
En OVIEDO, a diecinueve de Febrero de dos mil dieciséis.
VISTOS, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Modificación de Medidas (Supuesto Contencioso) nº 611/14, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Avilés, Rollo de Apelación nº 529/15, entre partes, como apelante y demandante DON Marco Antonio
, representado por la Procuradora Doña Ana Belén Pérez Martínez y bajo la dirección del Letrado Don Pablo García-Vallaure Rivas, como apelada y demandada DOÑA Clara, representada por la Procuradora Doña María Ángeles Pérez-Peña del Llano y bajo la dirección de la Letrado Doña María del Carmen Menéndez Fernández, y el MINISTERIO FISCAL, en la representación que le es propia.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.
El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Avilés dictó sentencia en los autos referidos con fecha veintiuno de septiembre de dos mil quince, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Desestimando íntegramente la solicitud de modificación de medidas definitivas de divorcio aprobadas por sentencia de 27 de mayo de 2008, con las modificaciones en ella establecidas por las sentencias de la Audiencia Provincial de Asturias de 27 de abril de 2009 y 19 de marzo de 2013, formulada por D. Marco Antonio contra Dª Clara, en lo referente al cambio de atribución de guarda y custodia de la menor a favor del padre, el establecimiento de un régimen de visitas a favor de la madre y el abono de la pensión de alimentos por la misma, debo mantener íntegramente el contenido de las ya aprobadas, con expresa imposición de costas a la parte demandante.".
Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por Don Marco Antonio, y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la L.E.C ., se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, y al haberse practicado exploración de la menor, se señaló para la vista del recurso el día 15 de febrero de 2.016, la que se celebró con asistencia de las partes.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente la Ilma. Sra. DOÑA MARÍA PAZ FERNÁNDEZ RIVERA GONZÁLEZ.
Discrepa el demandante de la sentencia de primer grado, desestimatoria de sus pretensiones, alegando error en la valoración de la prueba, concretamente en la exploración realizada a la menor y la documental unida a la demanda, consistente en denuncias de la progenitora custodia contra el recurrente para tratar de limitar las estancias y visitas con él, interesando la revocación de la sentencia, dictando otra en su lugar por la que se estime la demanda rectora de los autos.
De manera subsidiaria, en su alegación V, interesa se le impongan las costas de la primera instancia, si bien no lo lleva al suplico de su recurso (fol. 161).
Sobre el resto de las alegaciones del recurso, que gravitan sobre la práctica de prueba en segunda instancia denegada en esta alzada por auto de fecha veintitrés de diciembre de dos mil quince, el mismo fue objeto de recurso de reposición, siendo desestimado por auto de fecha tres de febrero de dos mil dieciséis.
Así centrados en esta alzada los términos del debate, el mismo se reconduce a analizar si existen...
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