SAP Madrid 152/2009, 2 de Abril de 2009

PonenteMARIO PESTANA PEREZ
ECLIES:APM:2009:4185
Número de Recurso34/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución152/2009
Fecha de Resolución 2 de Abril de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

CEL

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección nº 2

Rollo: 34 /2008

Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 13 de MADRID

Proc. Origen: SUMARIO (PROC. ORDINARIO) nº 5 /2008

SENTENCIA Nº 152/09

ILMOS/AS SR./SRAS

PRESIDENTA: Dª. LUCÍA TORROJA RIBERA.

MAGISTRADO: D. MARIO PESTANA PÉREZ.

MAGISTRADO: D. RAFAEL ESPEJO SAAVEDRA SANTA EUGENIA.

En Madrid, a dos de Abril de dos mil nueve.

VISTA en juicio oral y público, ante esta Sección de la Audiencia Provincial de Madrid, la causa instruida con el núm. 5/2008, procedente del Juzgado de Instrucción núm. 13 de Madrid y seguida por los trámites del Procedimiento Ordinario por un supuesto delito contra la salud pública, contra Melchor, con pasaporte brasileño núm. NUM000, nacido en Salvador de Bahía (Brasil) el día 26 de Febrero de 1982, hijo de Nilson Da Silva y de Branca Rosana, con domicilio en Buzios (Rio de Janeiro), Rúa DIRECCION000 núm. NUM001 ; en prisión provisional por esta causa, estando representado por la Procuradora Dña. María Mercedes Espallargas Carbo y defendida por el Letrado D. Andrés Díaz Moñino. Siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal.

Ha actuado como ponente el Magistrado D. MARIO PESTANA PÉREZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal elevó a definitivas sus conclusiones provisionales y calificó los hechos enjuiciados como legalmente constitutivos de un delito contra la salud pública, de sustancias que causan grave daño a la salud y en cantidad de notoria importancia, previsto y penado en los artículo 368 y 369.1.6ª del Código Penal ; infracción de la que consideró responsable en concepto de autor a Melchor, sin el concurso de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, y para la que solicitó la imposición de una pena de once años de prisión, inhabilitación absoluta por igual tiempo, y una pena de multa de 640.000 €, además del comiso de las sustancias y el billete intervenidos, así como la imposición de las costas procesales.

SEGUNDO

La Defensa Letrada de Juan Alberto elevó a definitivas sus conclusiones provisionales, y solicitó la libre absolución de su patrocinado.

El día 12 de Febrero de 2008, Melchor, mayor de edad y sin antecedentes penales, arribó en tránsito al Aeropuerto de Madrid-Barajas en el vuelo IB-3215 procedente de Ámsterdam (Holanda), con el propósito de tomar el mismo día el vuelo NUM002 con destino Sao Paulo (Brasil). El acusado llevaba como equipaje facturado una maleta de color negro de la marca The North Face, con etiqueta AITA NUM003, a su nombre, y que abarcaba los dos vuelos precitados.

Funcionarios de la Guardia Civil del Aeropuerto de Barajas que llevaban a cabo el control externo de los equipajes facturados, detectaron la presencia en la citada maleta de un posible doble fondo, y sus sospechas sobre la presencia de drogas se confirmaron tras la intervención de una unidad canina, que marcó la maleta. Ello dio lugar a que funcionarios de dicho Cuerpo de Seguridad localizasen al acusado en la puerta de embarque U-69 de la Terminal T-4. Melchor reconoció a los agentes que se trataba de su maleta, tras lo cual, a requerimiento de aquellos, procedió a su apertura. En el interior de la maleta, ocultos en un doble fondo practicado, se hallaron tres paquetes envueltos en papel carbón y cinta adhesiva que contenían lo siguiente: 15.503 comprimidos, de color verde, de la sustancia denominada Metilendioximetanfetamina (en adelante, MDMA), con un peso neto total de 3.660 gramos y una riqueza del 37,8%; 15.130 comprimidos de color rosa de MDMA, con un peso neto total de 3.640 gramos y una riqueza del 38%; 2.934,2 gramos de Cannabis Sativa, con una riqueza del 8,9%, y una tableta de Haschish con un peso de 93,2 gramos y una riqueza del 18,8%.

En el interior de la maleta, además de los precitados paquetes, había ropa y efectos personales del acusado.

Dichas sustancias las transportaba el acusado a su País conscientemente, y con la finalidad de que se destinasen a su distribución en el mercado ilícito. El precio en el mercado ilícito de los comprimidos de MDMA intervenidos asciende a unos 317.051 € en la venta al por menor. Por lo que se refiere al Cannabis y Haschish, su precio total aproximado sería de unos 13.500 € en la venta al por menor.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Motivación probatoria. De los testimonios prestados en el acto del juicio por los agentes de la Guardia Civil con carnés profesionales números NUM004, NUM005, NUM006, NUM007 y NUM008 ; de la documentación relativa al viaje aéreo de Melchor obrante en el sobre que figura al folio 20 de los autos -y por fotocopia al folio 18- ; de los términos del atestado policial obrante a los folios 1 a 20, y del propio reconocimiento del acusado en el plenario, se desprenden los datos fácticos declarados probados y referidos al origen y destino del viaje aéreo que desarrollaba Melchor el día de los hechos; a su presencia en tránsito en el Aeropuerto de Madrid-Barajas el citado día 12 de Febrero de 2008; a que la maleta facturada, de color negro, marca The North Face y con etiqueta AITA NUM003, pertenecía al referido Melchor ; a las razones por las que la indicada maleta infundió sospechas a los funcionarios de la Guardia Civil encargados del control de equipajes facturados y en tránsito; a las circunstancias en las que se procedió a la apertura de dicha maleta; a la existencia en ella de un doble fondo y al hallazgo de los paquetes que allí se ocultaban, e igualmente a que en la tantas veces citada...

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