STSJ Comunidad de Madrid 982/2008, 22 de Septiembre de 2008
Ponente | JOSEFINA TRIGUERO AGUDO |
ECLI | ES:TSJM:2008:27035 |
Número de Recurso | 1001/2008 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 982/2008 |
Fecha de Resolución | 22 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Social |
RSU 0001001/2008
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 00982/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003(C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 34 4 2008 0028597, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001001 /2008
Materia: PROCESOS POR DESEMPLEO
Recurrente/s: María Purificación
Recurrido/s: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO INEM
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de MADRID de DEMANDA 0000257 /2007
Sentencia número: 982/08-MH
Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.
JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO
JOSEFINA TRIGUERO AGUDO
EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA
En MADRID a veintidós de Septiembre de dos mil ocho, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 003 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
En el RECURSO SUPLICACION 1001 /2008, formalizado por el Letrado D.Jose Ramón del Amo Andrés, en nombre y representación de María Purificación, contra la sentencia de fecha 8-11-07, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº5 de MADRID en sus autos número 257 /2007, seguidos a instancia de María Purificación frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO INEM, en reclamación por Desempleo, reconocimiento de días cotizados, período de prestación, descuento disfrute de días ya percibidos, mantenimiento de prestación, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª. JOSEFINA TRIGUERO AGUDO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:
La actora solicitó en 6.10.06 la prestación contributiva por desempleo.
Por resolución de 19.10.06 se le reconoció la prestación por un período de 7.10.06 a 6.08.07 reconociéndole 917 días cotizados.
La actora tiene cotizado desde 16.03.1998 hasta 3.04.04 y por la empresa SERVIG SL consta de alta en 9.09.00 hasta 6.10.06 en que solicitó el desempleo.(Folio 30)
La base reguladora diaria es 16,63 €
Se desestimó la reclamación previa.
La actora tiene cotizados un total de 3.403 días.
La actora presentó el contrato a tiempo parcial celebrado en 18.09.1998 con la empresa SEVIG SL (Folio 26).
En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:
Que estimando la demanda interpuesta por Dª María Purificación contra el SERVICIO DE EMPLEO ESTATAL debo declarar y declaro el derecho de la actora a que se le reconozca la cantidad de 3.403 días cotizados y el período de prestación de 720 días, descontando del disfrute los 300 días ya percibidos, manteniendo la prestación durante 420 días con una base reguladora de 16,63 €.
Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por el Letrado D. Jose Ramón del Amo Andrés en nombre y representación de SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, siendo impugnado por el Letrado D. Jose Luis Linares Saiz en nombre y representación de Dª María Purificación.
Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 29-2-08, dictándose las correspondientes y subsiguientes decisiones para su tramitación en forma.
Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día 10-7-08 para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho se formulan por esta Sección de Sala los siguientes
Frente a la sentencia estimatoria de la demanda se alza la Entidad Gestora en Suplicación y formula dos motivos que ampara, sucesivamente, en los apartados b) y c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral.
En el primer motivo interesa la adición al relato de probados de dos nuevos hechos que digan:
"La actora prestó sus servicios a tiempo parcial para la Empresa "JOLOGINTER, SL", cesando en la misma el 2.04.2004, y solicitando a continuación la prestación contributiva por desempleo, que le fue concedida por un período de 360 días, desde el 3.04.2004. Prestación que ha venido percibiendo hasta su agotamiento el 2.04.2005"; y
"La actora, durante la percepción de la prestación señalada en el anterior hecho, trabajó también a tiempo parcial en la empresa "Servig, S.L.", desde el 09.09.2000 al 06.10.2006. Y a su cese en la misma, solicitó y se le reconoció nuevamente la Prestación por desempleo con una duración de 300 días, al tener un Período de Ocupación Cotizado, de 917 DIAS, COMPUTADOS DESDE LA ÚLTIMA SITUACIÓN LEGAL DE DESEMPLEO, ES DECIR, DESDE EL 03-04-2005, A LA FECHA DEL CESE, EL 06.10.2006".
El motivo ha de prosperar aunque con una matización, cual es en cuanto al primer hecho a insertar incluyamos...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba