STSJ Comunidad Valenciana 378/2006, 6 de Febrero de 2006
Ponente | ANTONIO VICENTE COTS DIAZ |
ECLI | ES:TSJCV:2006:3399 |
Número de Recurso | 3411/2005 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 378/2006 |
Fecha de Resolución | 6 de Febrero de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA Nº 378/06
En el Recurso de Suplicación núm. 3411/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 24/6/05, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Valencia, en los autos núm. 923/04 , seguidos sobre MINUSVALÍA, a instancia de Frida asistida del Letrado D. Juan Francisco Llorca Escribá, contra CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL, y en los que es recurrente la demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz.
La sentencia recurrida de fecha 24/6/05 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda deducida por Dª Frida , contra la CONSELLERÍA DE BIENESTAR SOCIAL debo declarar y declaro que la actora se encuentra afecta de un grado de minusvalía del 55%, condenando a la Consellería a estar y pasar por esta declaración.".
Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.-La demandante Dª Frida , CON DNI Nº NUM000 , nacida el 14 de marzo de 1.952 solicitó el día 19 de septiembre de 2.003 reconocimiento de grado de minusvalía, alegando discapacidad de carácter físico. SEGUNDO.- tramitado expediente administrativo, y seguido el mismo por sus trámites, se dictó resolución por la Dirección Territorial de la Consellería de bienestar Social en fecha 10 de junio de 2.004, previo dictamen-propuesta del EVO de la misma fecha, reconociendo a la actora un grado de minusvalía del 10% del que correspondía un 35% a grado de discapacidad global y 4 puntos a factores sociales complementarios. El grado de discapacidad global le fue reconocido en función de la siguiente patología: ? Enfermedad del aparato digestivo por trastorno digestivo funcional de etiología idiomática. ? Limitación funcional en MSD por neuropatía periférica idiopática. ? Enfermedad de la sangre y órganos hematopoyéticos por deficiencia de inmunidad humoral de etiología idiopática. TERCERO.- Disconforme la actora con el grado de minusvalía reconocido interpuso Reclamación Previa el 7 de julio de 2.004 ensolicitud de reconocimiento de grado de minusvalía superior. Por resolución de tres de junio de 2005 le fue estimada parcialmente la reclamación y se le reconoció un grado de minusvalía del 33%. Las patología tenidas en cuenta para el reconocimiento han sido las siguientes: - Limitación funcional en MSD por síndrome de túnel carpiano. - Enfermedad de aparato digestivo por trastorno digestivo funcional. Enfermedad de la sangre y órganos hematopoyéticos por deficiencia de inmunidad humoral. - Disminución de eficiencia visual por glaucoma. - Enfermedad del aparato circulatorio por venas varicosas extremidades inferiores de etiología vascular. - Trastorno vasomotor por migrana de etiología infecciosa. - Limitación funcional en MSI por neuropatía periférica idiopática. - Enfermedad del aparato digestivo por gastritis. CUARTO.- La actora presenta el siguiente cuadro clínico derivado de enfermedad común: ? Neuropatía de miembro superior derecho del nervio cubital izauierdo a nivel del codo con pérdida de fuerza en mano. Síndrome de túnel carpiano derecho leve EMG. ? Ulcus gástrico y hernia de hiato con gastritis de repetición.
? Hepatitis B. ? Déficit de IG 4 con infecciones de repetición en vías respitaroias superiores tratada con gammaglobulinas cada dos meses con control periódico en Consultas Externas de hematología. ? Osteoporosis. ? Espondiloartrosis. ? Sinusitis crónica intervenida. Como secuelas presenta cefalea. ? Glaucoma de OI con disminución importante del campo visual (dos cuadrantes). Ecotoma de Bjerrum superior e inferior en OD quedando islote central. ? Fibromialgia reumática con dolores generalizados sobre todo en reposo, trastorno del sueño y cansancio. ? Insuficiencia venosa de MMII. Intervenida de varices sin edema ni alteraciones tróficas. ? Espondiloartrosis. QUINTO.- La Srª. Frida está divorciada desde hace dieciséis años. Tiene cuatro hijos, todos mayores de edad, que viven en el domicilio familiar y que no mantienen contacto con su padre. Tres de sus hijos trabajan; como técnico de laboratorio, profesor de educación física y bombero, respectivamente y uno es estudiante universitario....
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ATS, 13 de Octubre de 2009
...reconocido administrativamente y en suplicación. Pero en la única sentencia invocada como contradictoria, a saber, la STSJ Comunidad Valenciana de 6 de febrero de 2006, R. 3411/05, no se plantea nada al respecto, por lo que ha de apreciarse falta de contradicción. En concreto, en la sentenc......