STSJ Andalucía , 18 de Abril de 2002

PonenteVICTORIANO VALPUESTA BERMUDEZ
ECLIES:TSJAND:2002:6035
Número de Recurso1632/1994
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Abril de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

Ilmo. Sr. Presidente

Don Rafael Osuna Ostos.

Iltmos. Sres. Magistrados

Don Ruperto Martínez Morales.

Don Victoriano Valpuesta Bermúdez.

En la ciudad de Sevilla, a dieciocho de abril del año dos mil dos.

La Sala en Sevilla de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha visto el recurso número 1632/1994 interpuesto por la Administración del Estado (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, contra la Administración de la Junta de Andalucía (Consejería de Agricultura y Pesca), representada y defendida por la letrada Dª. Margarita . La cuantía del recurso es indeterminada. Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Don Victoriano Valpuesta Bermúdez, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 1 de agosto de 1994 contra la Orden de fecha 16 de mayo de 1994 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, por la que se fijan las vedas y períodos hábiles de caza para la temporada de 1994/95 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

SEGUNDO

En el escrito de demanda la Administración recurrente solicitó que se dictara sentencia de conformidad con sus pretensiones.

TERCERO

En el escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones de la parte recurrente, y pidió se dictase sentencia por la que se desestimase integrámente la demanda.

CUARTO

Sin recibirse el recurso a prueba por no haber sido interesado por ninguna de talesAdministraciones, se evacuaron a continuación por las partes sus respectivos escritos de conclusiones.

QUINTO

En la tramitación de la presente causa se han observado todos los requisitos legales, salvo determinados plazos procesales por acumulación de asuntos ante la Sala; habiéndose señalado el dio de ayer para votación y fallo, en el que, efectivamente, se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeta del presente recurso contencioso administrativo la Orden de fecha 16 de mayo de 1994 de la Consejeria de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, por la que se fijan las vedas y períodos hábiles de caza para la temporada de 1994/95 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, alegándose por la Administración del Estado en el escrito de interposición del recurso que se trata de "resolución contraria a la ley 4/ 1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, y al Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, por el que se declaran las especies que pueden ser objeto de caza y pesca". Ya en la demanda, el Abogado del Estado alega que el art. 4 de la Orden de fecha 16 de mayo de 1994 de la Consejería de Agricultura y...

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