STSJ Andalucía , 12 de Abril de 2003
Ponente | EDUARDO HERRERO CASANOVA |
ECLI | ES:TSJAND:2003:5941 |
Número de Recurso | 488/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 12 de Abril de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA
Ilmos. Magistrados:
Sr. D. Antonio Moreno Andrade.
Sr. D. Eduardo Herrero Casanova.
Sr. D. Angel Salas Gallego.
En la ciudad de Sevilla, a 12 de Abril de 2.003.
Vistos, en nombre de Su Majestad El Rey, los autos 488/01, seguidos ante esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el que ha sido parte actora, la entidad INICIATIVA Y BIENES, SL., representada por el Procurador, Sr. López de Lemus, y asistida de Letrado, y demandado, TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, representado y defendido por el Sr. Abogado del Estado, actuando como codemandada, CONSEJERÍA DE HACIENDA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, representada y asistida por la Sra. Letrada de la Junta de Andalucía, de cuantía señalada en 615.788 pts. (3.700,96 euros), y turnándose la ponencia al Iltmo. Sr. D. Eduardo Herrero Casanova, se ha dictado esta en base a los siguientes
Interpuesto el recurso contencioso-administrativo, se presentó la demanda dentro del plazo legal, en la que solicitó la anulación de la Resolución del TEARA, y de las liquidaciones a que la misma se refiere.
La partes demandadas en sus contestaciones a la demanda solicitaron una sentencia confirmatoria de la Resolución recurrida.
Habiéndose denegado el recibimiento del recurso a prueba, por no expresarse los puntos de hecho sobre los que debía versar, se declararon los autos conclusos para Sentencia..
Señalado día para su votación y fallo esta tuvo lugar con el resultado que a continuación se expone.
El presente recurso se interpone contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía (en lo sucesivo TEARA) de fecha 20 de Diciembre de 2.000, que desestimó la reclamación nº 41/3142/99, interpuesta por la actora contra el acuerdo de la Oficina Liquidadora de Dos Hermanas (Sevilla), por el que se fijan al documento 1746/96 unos valores comprobados de 217.739.655 y 274.859.310 pts, y se practican las liquidaciones 131 y 132/99 por un importe total de 615.788 pts (3.700,96 euros) por el concepto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD).El 16 de mayo de 1.995 se otorgó escritura pública de declaración de obra nueva y constitución en régimen de propiedad horizontal. El documento se presentó el siguiente día 26, junto con las correspondientes autoliquidaciones del ITP y AJD. A la vista de esta documentación se instruyó expediente de comprobación de valores, contra cuyo resultado y liquidaciones practicadas en base al mismo, se interpuso la reclamación económico-administrativa, que el TEARA desestima entendiendo que la comprobación de valores aparece suficientemente motivada.
Ante la alegación de la actora sobre la falta de notificación de la comprobación de valores, consta en el expediente administrativo remitido a la Sala que dicha notificación se produjo el día 14 de Mayo de 1.999, dirigiéndose el Aviso de Recibo del Servicio de Correos al domicilio designado por la demandante, y firmó el aviso Doña María Luisa , quien consignó el número de DNI, y se...
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STSJ Andalucía 2703, 16 de Noviembre de 2005
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