STSJ Murcia 1033/2015, 21 de Diciembre de 2015
Ponente | JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ |
ECLI | ES:TSJMU:2015:3055 |
Número de Recurso | 456/2015 |
Procedimiento | RECURSO SUPLICACION |
Número de Resolución | 1033/2015 |
Fecha de Resolución | 21 de Diciembre de 2015 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL
MURCIA
SENTENCIA: 01033/2015
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Pº GARAY, 5-2ª PLANTA. 30005-MURCIA
Tfno: 968 22 92 16
Fax: 968 22 92 13
NIG: 30030 44 4 2014 0004693
402250
RSU RECURSO SUPLICACION 0000456 /2015
Procedimiento origen: SEGURIDAD SOCIAL 0000588 /2014
Sobre: JUBILACION
RECURRENTE/S D/ña Valentín
ABOGADO/A: JOSE BUENDIA NOGUERA
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
RECURRIDO/S D/ña: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ABOGADO/A: SERV. JURIDICO SEG. SOCIAL
PROCURADOR:
GRADUADO/A SOCIAL:
En MURCIA, a veintiuno de Diciembre de dos mil quince.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, compuesta por los Ilmos Sres D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, de acuerdo con lo prevenido en el art. 117.1 de la Constitución Española, en nombre S.M. el Rey, tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el presente recurso de suplicación interpuesto por Valentín, contra la sentencia número 0583/2014 del Juzgado de lo Social número 5 de Murcia, de fecha 15 de diciembre, dictada en proceso número 588/2014, sobre SEGURIDAD SOCIAL, y entablado por Valentín frente a INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. En la resolución del presente recurso de suplicación, actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.
Hechos Probados en la instancia y fallo.
En la sentencia recurrida, se consignaron los siguientes hechos probados:
El Sr. D. Valentín, nacido el NUM000 -1944 solicitó petición de información del cálculo de la pensión de jubilación ante la Dirección Provincial del INSS de Barcelona el 28-01-2009.
Solicitó la pensión de jubilación el 28-01-2014, la que le fue denegada por no encontrarse al corriente en el pago de las cuotas de la Seguridad Social en los periodos de 01-2009 a 03-2009 correspondientes a tener un convenio Especial de la Seguridad Social.
Interpuso reclamación administrativa previa el 18-06-2014, la que fue desestimada por resolución de 25-02-2014.
Abonó las cuotas adeudadas el 24-04-2014. Siéndole reconocida la pensión de jubilación el 01-05-2014.
Fallo de la sentencia de instancia.
En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo: "Desestimar en su totalidad la demanda promovida por d. Valentín, y en consecuencia, procede absolver de la misma al INSS así como a la TGSS".
De la interposición del recurso y su impugnación.
Contra dicha sentencia fue interpuesto recurso de suplicación por el Letrado don José Buendía Noguera, en representación de la parte demandante.
Admitido a trámite el recurso se señaló el día 14 de Diciembre de 2015 para los actos de votación y fallo.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sala los siguientes
FUNDAMENTO PRIMERO .- Por el juzgado de lo social nº 5 de Murcia se dicto sentencia el 15.12.14 en los autos sobre Seguridad Social nº 588/14 seguidos a instancia de don Valentín contra la TGSS desestimando la demanda. Por lo que el demandante interpuso recurso de suplicación para que la fecha de efectos de la pensión de jubilación le sea reconocida con efectos de 29.1.2009 y subsidiariamente...
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ATS, 10 de Mayo de 2017
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