STSJ Andalucía 1955/2015, 9 de Noviembre de 2015

PonenteJESUS RIVERA FERNANDEZ
ECLIES:TSJAND:2015:12728
Número de Recurso1439/2010
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución1955/2015
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUC ÍA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

RECURSO NÚMERO 1439/2010

SENTENCIA NÚM. 1955 DE 2015

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES:

PRESIDENTE

DON RAFAEL TOLEDANO CANTERO

MAGISTRADOS

DON JESÚS RIVERA FERNÁNDEZ

DON LUIS ÁNGEL GOLLONET TERUEL

_________________________________________

En la ciudad de Granada, a nueve de noviembre de dos mil quince.

Visto por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, constituida para el examen de este caso, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 1439/2010, de cuantía indeterminada, interpuesto por DON Ricardo, DON Teofilo, DOÑA Cecilia, DON Luis Angel, DON Alfredo, DON Benedicto y DON Cosme, representados por el Procurador de los Tribunales Don Carlos Alameda Ureña, y dirigidos por por el Letrado Don José García Pastor, contra la CONSEJERÍA DE SALUD DE LA JUNTA DE ANDALUC ÍA, reperesentada y dirigida por la Letrada de su Gabinete Jurídico Doña A. Raquel Venegas Carmona, interviniendo como codemandados DON Fausto y DON Hernan, representados por la Procuradora de los Tribunales Doña Carmen Adame Carbonell, y dirigidos por el Letrado Don Julio Rufo Cordero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 24 de junio de 2010, la parte actora presentó escrito de interposición de

recurso contencioso-administrativo frente a la disposición que más adelante se dirá, acordándose reclamar el expediente administrativo.

SEGUNDO

Recibido el expediente administrativo completo, se dio traslado a la parte actora para que dedujera la oportuna demanda, lo que verificó, presentando, en fecha 18 de marzo de 2011, demanda de recurso contencioso-administrativo, en la que, tras exponer los hechos y los fundamentos de derecho que tuvo por conveniente, terminó suplicando que se "...dicte sentencia por la que estimando el presente Recurso declare no conforme a Derecho la ubicación de las Oficinas de Farmacia convocadas para el municipio de Isla Cristina (Huelva), contenida en el Anexo I de la Orden de la Consejería de Salud de fecha 8 de abril de 2010, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia en desarrollo de lo previsto en la disposición final segunda de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía, por ser contraria a la citada Ley de Farmacia de Andalucía, anulando la citada Disposición en lo referente a dicho particular".

TERCERO

Dado traslado a la parte demandada para contestación de la demanda, lo evacuó mediante escrito presentado el día 20 de julio de 2011, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por conveniente, terminaba suplicando que se dicte "...en su día sentencia por la que se desestime la pretensión ejercida por la parte demandante en relación al fondo, declarando conforme a derecho la Orden de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía de 8 de abril de 2010 impugnada en cuanto convocac la apertura de farmacias en el municipio de Isla Cristina (Huelva)".

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por el plazo legal, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que, propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en éstos consta.

QUINTO

Por diligencia de ordenación de fecha 24 de enero de 2012, se tuvo por personados a los precitados codemandados.

SEXTO

Declarado concluso el período de prueba, y, al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó el trámite de conclusiones, que fue evacuado solamente por la parte actora, señalándose para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don JESÚS RIVERA FERNÁNDEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente recurso contencioso administrativo la Orden de 8

de abril de 2010 de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de oficinas de farmacia, en desarrollo de lo previsto en la Disposición Final Segunda de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía (BOJA de 26 de abril de 2010), solamente en cuanto se refiere a la ubicación de las Oficinas de Farmacia convocadas para el municipio de Isla Cristina (Huelva), contenida en el Anexo I de la citada Orden.

SEGUNDO

La parte actora aduce, como motivo del recurso, la infracción del artículo 31.4, en relación con el artículo 32, ambos de la Ley 22/2007, de 18 de diciembre, de Farmacia de Andalucía .

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