ATS, 2 de Febrero de 2016

PonenteJOSE MANUEL MAZA MARTIN
ECLIES:TS:2016:404A
Número de Recurso10131/2015
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

AUTO

En la Villa de Madrid, a dos de Febrero de dos mil dieciséis.

En el recurso de casación nº 10131/2015-P, interpuesto por Millán , Valeriano , Ángel Daniel , Carmelo , Florentino , Leovigildo , Sebastián , Jesus Miguel , María Teresa , Bruno , Fermín , Marcelino , Simón , Juan Pablo , Filomena , Cesar , Geronimo , Melchor , Victoriano , Abilio , Cristobal , Sonia , Horacio , Patricio , Carlos María , estando dichos recurrentes representados por los Procuradores Sr. Freixa Iruela, Sra. Lombardía del Pozo, Sra. Demichelis Allocco, Sr. Vázquez Guillén, Sra. Rodríguez Curiel Espinosa, Sr. Vázquez Guillén, Sr. Rodríguez-Jurado Saro, Sr. Rodríguez-Jurado Saro, Sr. Castro Muñoz, SR. Pozas Osset, Sr. Rodríguez Jurado-Saro, Sra. Sánchez Trujillo, Sra. Uriarte Tejada, Sra. Uriarte Tejada, Sra. Casino González, Sr. Caloto Carpintero, Sra. Hidalgo López, Sr. Zabala Falco, Sr. Vázquez Guillén, Sra. Marsal Alonso, Sra. Vived de la Vega, Sra. Martín López Y Sr. Rodríguez-Jurado Saro, respectivamente, y por el MINISTERIO FISCAL , contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal, (Sección 3ª), de fecha 22 de diciembre de 2014 , que les condenó por delitos contra la salud pública agravado por la cantidad, extrema gravedad y con organización, tenencia ilícita de armas, y falsificación en documento oficial , los Excmos. Sres. componentes de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que al margen se expresan, han acordado lo siguiente:

HECHOS

ÚNICO .- El recurso de referencia se señaló el día 19 de enero de 2016, para la deliberación y fallo, lo que se llevó a efecto.

RAZONAMIENTOS JURíDICOS

ÚNICO .- Visto el contenido de las cuestiones planteadas en el recurso de referencia y la imposibilidad de dictar sentencia en el término establecido en el artículo 899 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , se prorroga éste por CUARENTA Y CINCO DÍAS.

LA SALA ACUERDA:

Se prorroga el término para dictar sentencia en el presente recurso nº 10131/2015 -P por CUARENTA Y CINCO DÍAS . Lo que se hará saber a las partes.

Así lo acuerdan y firman los Excmos. Sres. anotados al margen.

Candido Conde-Pumpido Touron Jose Manuel Maza Martin Andres Palomo Del Arco

Ana Maria Ferrer Garcia Carlos Granados Perez

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