STSJ Comunidad de Madrid 19/2004, 19 de Enero de 2004

PonenteBENEDICTO CEA AYALA
ECLIES:TSJM:2004:417
Número de Recurso4991/2003
Número de Resolución19/2004
Fecha de Resolución19 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 19/04

En el recurso de suplicación nº 4991-03 interpuesto por el Letrado DON GONZALO VELASCO RECIO en nombre y representación de DOÑA Ariadna , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 28 de los de MADRID, de fecha VEINTISEIS DE FEBRERO DE DOS MIL TRES, ha sido Ponente el Ilmo Sr. D. BENEDICTO CEA AYALA.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que según consta en los autos nº 1123/02 del Juzgado de lo Social nº 28 de los de Madrid, se presentó demanda por DOÑA Ariadna contra, ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA, S.A., UNITONO SERVICIOS EXTERNALIZADOS, S.A., TELEFONICA PUBLICIDAD E INFORMACION, S.A. (ACTUALMENTE DENOMINADA COMPAÑIA PUBLICITARIA DE EXCLUSIVAS TELEFONICAS, S.A.) en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en VEINTISEIS DE FEBRERO DE DOS MIL TRES cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que DESESTIMO la demanda formulada por Dª Ariadna frente a ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA, S.A., UNITONO SERVICIOS EXTERNALIZADOS, S.A. y TELEFÓNICA, PUBLICIDAD E INFORMACIÓN, S.A. (actualmente COMPAÑÍA PUBLICITARIA DE EXCLUSIVAS TELEFÓNICAS, S.A.) y ABSUELVO a dichas demandadas de las pretensiones deducidas en su contra, acogiendo respecto de las dos últimas expresamente la excepción de Falta de legitimación pasiva.

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La actora, Dª Ariadna , comenzó a prestar servicios por cuenta de ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A. (antes denominada ESTRATEGIAS TELEFÓNICAS S.A., y posteriormente ATENTO TELECOMUNICACIONES ESPAÑA S.A.) el día 25-10-99 mediante un contrato de trabajo de duración determinada, por Obra o servicio determinado (art. 15 del E.T. y R.D. 2720/1998), con una categoría profesional de Teleoperadora; la obra contratada era "Atender el servicio PÁGINAS AMARILLAS HABLADAS DE TPI SEGÚN FIRMA DE CONTRATO CON EL CLIENTE DE FECHA 20-5-99 QUE SE PRESTA EN LA PLATAFORMA DE MADRID".

El salario mensual medio percibido por la actora era de 952,39 Euros incluido prorrateo de pagas extras.

SEGUNDO

ESTRATEGIAS TELEFÓNICAS S.A. (actualmente ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A.) tenía suscrito un contrato con TELEFÓNICA PUBLICIDAD E INFORMACIÓN S.A. desde el 20-5-98,para la prestación por parte de aquella a ésta de un servicio de Páginas Amarillas Habladas.

Dicho contrato fue prorrogado en agosto de 1999, en julio de 2000 y en enero de 2001; este último tenía prevista una duración inicial de tres años a partir de la fecha de su firma, así como la prórroga tácita por períodos anuales salvo denuncia expresa por alguna de las partes. En la cláusula decimoquinta del contrato se pactaba la Resolución del mismo, sus causas y efectos.

TERCERO

Mediante comunicación escrita de 25-10-02 TPI comunica a ATENTO lo siguiente:

Mediante la presente les comunicamos en relación a la prestación de los servicios de Páginas Amarillas Habladas, SAC y URI, que la finalización de los mismos se producirá el próximo día 15 de noviembre de 2002.

Consecuentemente, los trabajos que venía realizando ATENTO para TPI serán realizados por otro proveedor a partir de la referida fecha.

CUARTO

La actora se encontraba en situación de Incapacidad Temporal desde el 7-8-02.

QUINTO

Mediante telegrama de 28-10-02 ATENTO comunica a la hoy actora lo siguiente:

"De conformidad con lo previsto en el clausulado de su contrato de trabajo le informamos que el día 15/11/02 quedará extinguida la relación contractual que le unía con esta empresa Por haber finalizado la obra "PÁGINAS AMARILLAS HABLADAS" a la que usted se encontraba adscrita, siendo este telegrama la comunicación de la finalización de su contrato de trabajo.

Con esta comunicación la empresa le preavisa de la finalización de su contrato de acuerdo a su antigüedad."

SEXTO

a partir del 16-11-02, UNITONO SERVICIOS EXTERNALIZADOS S.A. se hace cargo del servicio que hasta esa fecha venía realizando ATENTO.

SÉPTIMO

ATENTO remitió a UNITONO SERVICIOS EXTERNALIZADOS S.A. un listado con elpersonal que venía prestando servicios en la campaña "Paginas Amarillas Habladas". UNITONO convoca una reunión el día 5-11-02, en sus locales, en sesiones de mañana y tarde, a la que asistieron voluntariamente el personal de ATENTO que lo deseara. La convocatoria a la reunión se puso en el tablón de anuncios de la empresa ATENTO en un lugar de público acceso.

OCTAVO

Constituye el objeto social de TPI S.A. "Realizar publicidad impresa sobre cualquier clase de publicación, pudiendo editar y distribuir impresos, folletos, guías, anuarios, boletines cualquier tipo de publicaciones que estime conveniente a sus fines, etc".

El objeto social de ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA S.A. es la "prestación de toda clase de servicios de telemarketing, incluyendo televenta, líneas de atención, telecobranza y otros servicios de marketing".

Y el objeto social de UNITONO SERVICIOS EXTERNALIZADOS S.A. es "la creación de estrategias para campañas telefónicas. La planificación logística y realización de campañas telefónicas. actividades de consultaría, selección y formación de telemarketing".

NOVENO

La actora no ostenta ni ostentó en el año anterior, la cualidad de representante legal o sindical de los trabajadores en la empresa.

DÉCIMO

Se celebró SIN AVENENCIA la preceptiva conciliación ante el S.M.A.C. el día 23-12-02."

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a esta Sala de lo Social, se dispuso su pase al Ponente para su examen y posterior resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia, desestimatoria de la demanda de despido formulada, recurre en suplicación la parte actora, para interesar en un primer motivo, formulado con correcto amparo procesal en el apartado b) del art. 191 de la LPL, la...

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