STSJ Comunidad de Madrid 458/2005, 14 de Junio de 2005

PonenteMARIA BEGOÑA HERNANI FERNANDEZ
ECLIES:TSJM:2005:7091
Número de Recurso6193/2004
Número de Resolución458/2005
Fecha de Resolución14 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 458

En el recurso de suplicación nº 6193/04, interpuesto por la mercantil MULTISERVICIOS AEROPORTUARIOS, S.A., representada por el Letrado D. RAFAEL C. SAEZ CARBO, contra sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 36 de Madrid, en autos núm. 59/04 , siendo recurridos D. Jose Pedro , Fidel , Carmela , Bárbara , Jesús Ángel , Araceli , Andrea , Ana , Angelina , Antonia , Pablo , Carla , Celestina , Diana , Erica , Daniel , Isabel , Luz , Luis Carlos , Paula , Verónica , María Rosario , Lázaro , Alejandro , Elisa , Laura , Jose Carlos , Everardo , Rebeca , María Inés , Juan Luis , Consuelo , Leonor , Soledad , Ariadna , Gloria , Sara , Camila , Luisa , María Cristina , Filomena , Marí Jose , Eva , Victoria , Guadalupe , Alicia , Juan Manuel , Montserrat , Elena , María Angeles , Maribel , Estefanía , Amelia , Susana , Nieves , Víctor , Lucía , Frida , Esperanza , Elvira , Edurne , Eugenia , Juana , Leonardo , Marisol , Remedios , María Consuelo , Cecilia , Clemente , Marcelina , María Luisa , Emilia , Rocío , representados por el Letrado D. JOSÉ IGNACIO MONTEJO URIOL. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dña. Begoña Hernani Fernández.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de procedencia tuvo entrada demanda suscrita por D. Jose Pedro , Fidel , Carmela , Bárbara , Jesús Ángel , Araceli , Andrea , Ana , Angelina , Antonia , Pablo , Carla , Celestina , Diana , Erica , Daniel , Isabel , Luz , Luis Carlos , Paula , Verónica , María Rosario , Lázaro , Alejandro , Elisa , Laura , Jose Carlos , Everardo , Rebeca , María Inés , Juan Luis , Consuelo , Leonor , Soledad , Ariadna , Gloria , Sara , Camila , Luisa , María Cristina , Filomena , Marí Jose , Eva , Victoria , Guadalupe , Alicia , Juan Manuel , Montserrat , Elena , María Angeles , Maribel , Estefanía , Amelia , Susana , Marí Jose , Víctor , Lucía , Frida , Esperanza , Elvira , Edurne , Eugenia , Juana , Leonardo , Marisol , Remedios , María Consuelo , Cecilia , Clemente , Marcelina , María Luisa , Emilia , Rocío frente a la mercantil MULTISERVICIOS AEROPORTUARIOS, S.A., en reclamación sobre DERECHOS Y CANTIDAD, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio, se dictó sentencia con fecha 14 DE JUNIO DE 2004 , en los términos que se expresan en el fallo de dicha resolución.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como HECHOS PROBADOS, se declaraban los siguientes:

PRIMERO

Todos los actores prestan servicios para la empresa Multiservicios Aeroportuarios, S.A., desempeñando sus funciones de limpieza de aviones en el Aeropuerto de Barajas con las antigüedades, categoría y salarios que se especifican en el Anexo I que se aporta con la demanda, que se da por reproducido a estos efectos.

SEGUNDO

Las tareas que desempeñan los hoy actores según ostenten la categoría de limpiadores o conductores limpiadores son las siguientes:

LIMPIADORES:

El lugar de trabajo en el que desarrollan la mayoría de sus tareas es en los aviones, lo que obliga a los trabajadores a realizar esfuerzos y posturas forzados, dado el espacio reducido.

- Recogida de papeles del suelo, así como las migas de los asientos, vaciado de ceniceros y de los bolsillos de los asientos, recogida de prensa usada, limpieza de bandejas, sustitución de los cabezales de los asientos, limpiezas de aseos, limpieza de bodegas, fregado de suelo de cocinas, limpieza de maleteros, cruzagos de cinturones y limpieza de superficie, hornos y suelos de cocina.

- En muchas ocasiones tienen que limpiar vómitos, heces y residuos sanguinolentos, con fuertes olores.

CONDUCTORES LIMPIADORES:

- Retirada de basura y prensa de los aviones, depositarla en las bolsas de basura, colocarla junto con el resto de las basuras en los contenedores de la furgoneta.

- Aspirado del suelo del avión con la aspiradora.

- Llevar la basura a los contenedores situados en diversos puntos de descarga.

- En algunas ocasiones, ante la ausencia de especialista, deben realizar el vaciado de aguas residuales de los camiones y descargar los cubos del camión de aguas residuales en el alcantarillado del aeropuerto, llenando con agua limpia de la cuba del camión, y llenado del depósito del avión con agua limpia.

TERCERO

La empresa facilita a la mayoría de los actores auriculares para protegerse de los ruidos superiores a los permitidos, para su amortiguación. Pero en algunos casos deben quitárselos para oír las instrucciones y, sobre todo, los conductores para oír el vehículo, y conducirlo sin riesgo.

CUARTO

Los actores, durante su trabajo, en verano o en invierno, están sometidos a temperaturas extremas. Debiendo adoptar posturas forzadas por limpiar aviones, dada la estrechez del espacio en el que deben desempeñar su trabajo, debiendo limpiar la bodega del avión agachados.

QUINTO

Obra en autos informe emitido por el Área de Higiene y Medicina del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, el 18 de mayo de 2004, sobre la existencia de riesgo de toxicidad en el desempeño delas funciones de limpieza de los aviones, que se da por reproducido.

SEXTO

El artículo 41 del Convenio Colectivo de Limpieza de Edificios de los Locales de la Comunidad de Madrid (BOCM 13/01/2003) establece lo siguiente:

"Toxicidad, peligrosidad y penosidad.- Aquellos trabajadores que realicen tareas tóxicas, peligrosas o penosas que no puedan ser subsanadas y por el tiempo que las realicen, percibirán un incremento de al menos un 20 por 100 del salario base o verán reducida su jornada en un 20 por 100 del tiempo de trabajo en el que realicen dichas tareas, a opción del trabajador.

Será la jurisdicción social quien determine qué labores llevan consigo la toxicidad, peligrosidad y penosidad".

SEPTIMO

Entendiéndose por los actores que...

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