STSJ Comunidad de Madrid 690/2004, 31 de Mayo de 2004

PonenteEMILIA RUIZ-JARABO QUEMADA
ECLIES:TSJM:2004:7110
Número de Recurso1427/2004
Número de Resolución690/2004
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00690/2004

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003(C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)

N.I.G: 28079 34 4 2004 0001407, MODELO: 46050

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001427/2004

Materia: RECLAMACIÓN SOBRE INCREMENTO DEL 20% DE LA BASE REGULADORA DE LA

PRESTACIÓN DE INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL

Recurrente/s: Gustavo

Recurrido/s: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL TGSS, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL INSS

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 19 de MADRID de DEMANDA

0000946/2003

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO SOCIAL

MADRID

Sección Tercera

Secretaría Sr. Fariñas Matoni

Recurso nº 1427/04

Sentencia nº 690/04-AF

Ilmo. Sr. D. José Ramón Fernández Otero

PresidenteIlma. Sra. Dña. Josefina Triguero Agudo

Ilma. Sra. Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada

En Madrid, a treinta y uno de Mayo de dos mil cuatro

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación nº 1427/04 interpuesto por D. Gustavo , representado por el Letrado D. Julio Cumplido Santiago, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº Diecinueve de los de MADRID, en los Autos nº 946/03 , ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. Emilia Ruiz Jarabo Quemada.-ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que según consta en los autos nº 946/03 del Juzgado de lo Social nº Diecinueve de los de Madrid , se presentó demanda por D. Gustavo , contra el INSS y la TGSS, en materia de Reclamación sobre Incremento del 20% de la Base Reguladora de la prestación de Incapacidad Permanente Total, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha diez de Diciembre de dos mil tres en los términos siguientes:

QUE DESESTIMANDO LA DEMANDA formulada por D. Gustavo contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a las Entidades Gestoras demandadas de los pedimentos formulados en su contra.-SEGUNDO.- En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

  1. - El actor, nacido el 6 de abril de 1945, y de profesión habitual Sobrecargo de la Compañía Iberia, tiene reconocida una Incapacidad Permanente Total para su profesión habitual, con derecho al percibo de una pensión consistente en el 55% de su base reguladora de 2.499,91 euros y efectos de 10 de mayo de 2002. 2.- El Convenio de Iberia reconoce a los empleados de vuelos que pierden su licencia de vuelo, la posibilidad de ser recolocados en tierra, en el puesto más idóneo a sus aptitudes, sin embargo el actor no solicitó la recolocación ni llegó a desempeñar cargo alguno en tierra, sino que le convino su inclusión en un expediente de regulación de empleo al que voluntariamente se adhirió, alcanzando así la extinción de su relación laboral y obteniendo una indemnización en atención a sus años de prestación de servicios, consistente en un año de salarios, que era el tope previsto en dicho ERE. 3.- Con fecha 28 de enero de 2003 el actor solicitó del INSS el reconocimiento de su derecho al incremento del 20% por razón de edad, al haber alcanzado los 55 años, siéndole denegado con fecha 2 de abril de 2003, con base en que "como quiera que el Convenio Colectivo que le afecta al trabajador, establecido en la empresa IBERIA, éste tiene garantizado la reincorporación a otro puesto de trabajo en la misma compañía, se deduce que no presenta dificultades de obtener empleo que impliquen el reconocimiento del derecho al...

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