SAP Almería 416/2015, 9 de Octubre de 2015

PonenteLUIS DURBAN SICILIA
ECLIES:APAL:2015:1068
Número de Recurso46/2015
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución416/2015
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Almería, Sección 3ª

SENTENCIA416/15

En la Ciudad de Almería, a 9 de octubre de 2015.

Vistos en grado de apelación por la Sección Tercera de esta AUDIENCIA PROVINCIAL constituida en Tribunal Unipersonal, conforme a lo dispuesto por el párrafo segundo del número segundo del artículo 82 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el Ilmo. Sr. Magistrado D. Luis Durbán Sicilia el Rollo nº 46/2015 dimanante de Juicio de Faltas núm. 927/2014 seguido por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Almería por faltas de lesiones, siendo apelantes y apelados Belarmino, cuyas circunstancias personales constan en la causa, defendido por el Letrado D. Manuel González Marín, y Fernando, defendido por la Letrada Dª . Juana Tarifa Martín, con intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.

SEGUNDO

Por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción nº 1 de Almería en la referida causa se dictó sentencia con fecha de 17 de febrero de 2015 cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: "ÚNICO: Del conjunto de la prueba practicada o reproducida en el acto del juicio ha resultado acreditado, y así se declara que con fecha 28/08/14, Belarmino y Fernando coincidieron en los exteriores del pub ONE sito en Almería y debido a un mal entendido, se agredieron mutua y recíprocamente recibiendo Belarmino un golpe en la cara que le hizo caer al suelo recibiendo una patada en la boca. De igual modo Fernando recibió un golpe tras la oreja y al caérsele las gafas de sol al suelo se agacho a cogerlas recibiendo una patada que le hizo caer al suelo.

A raíz de estos hechos ambos sufrieron lesiones. Belarmino necesito para su curación de una primera asistencia medica y sufrió perdida de inciso central superior derecho, inflamación de labios y contusión frontal, tardando en curar 5 días de los que ninguno de ellos permaneció incapacitado para realizar sus ocupaciones habituales, quedándole como secuela la perdida de incisivo central superior derecho.

Fernando preciso para su sanidad de una primera asistencia medica y sufrió uveitis traumática en el ojo derecho, tardando en curar 15 días de los que tres de ellos permaneció incapacitado para realizar sus ocupaciones habituales, sin secuelas. Sufrió la perdida de una lentilla que no ha sido tasada pericialmente".

TERCERO

Dicha Sentencia contiene el siguiente Fallo: "Que debo CONDENAR Y CONDENO a Belarmino y Fernando, como autores/as penalmente responsables cada un de ellos, de una falta de lesiones a la pena de 30 días multa a razón de 6 euros como cuota diaria, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, debiendo indemnizar Belarmino a Fernando y este ultimo al primero en los términos señalados en el Fundamento de Derecho Cuarto de la presente sentencia y abono de las costas procesales ocasionadas" .

CUARTO

La defensa de Belarmino interpuso en tiempo y forma recurso de apelación en el que solicitó la revocación y el dictado de otra de signo absolutorio o, en su caso, su anulación con reposición de las actuaciones al momento anterior al juicio. La defensa de Fernando interpuso igualmente recurso de apelación, interesando la revocación parcial de la sentencia, en el sentido del excluir de la suma indemnizatoria fijada a su cargo el valor del implante dental.

QUINTO

Admitidos los recursos en ambos efectos y conferidos los oportunos traslados, el Ministerio Fiscal los impugnó, procedimiento de igual modo cada una de las partes apelantes con respecto al recurso formulado de adverso.

SEXTO

Remitidas las actuaciones, se turnaron a este Tribunal, donde se formó Rollo de Sala, turnándose de ponencia, y se trajeron los autos para sentencia el día de la fecha, habiéndose observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los consignados con tal naturaleza en la resolución impugnada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Combate el denunciado Belarmino el pronunciamiento de condena establecido para él como autor de una falta de lesiones del art. 617.1 del Código Penal, alegando quebrantamiento de normas y garantías procesales y vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por la denegación injustificada de la prueba propuesta por esa parte consistente en la declaración testifical de Silvio, así como error en la valoración de la prueba.

Por su parte, el también denunciado Fernando se limita a impugnar el pronunciamiento indemnizatorio establecido a su cargo, aduciendo que incurre en duplicidad por haber contemplado el valor de la secuela por pérdida de pieza dental y al mismo tiempo el correspondiente a la operación de implante.

Recurso de Belarmino .

SEGUNDO

Alega el recurrente como primer motivo de impugnación el quebrantamiento de normas y garantías procesales, afirmando que le causó indefensión la denegación por parte de la Juzgadora "a quo" de la prueba consistente en la declaración de un testigo que había...

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