ATS, 16 de Diciembre de 2015
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2015:10035A |
Número de Recurso | 540/2013 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 16 de Diciembre de 2015 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
AUTO
En la Villa de Madrid, a dieciséis de Diciembre de dos mil quince.
-
- La representación procesal de la mercantil Auxiliar General de Electromedicina, S.A. presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, el 21 de enero de 2013, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 777/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 995/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Valencia.
-
- La referida Audiencia Provincial tuvo por interpuesto el recurso y acordó elevar las actuaciones a este Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes.
-
- Recibidas las actuaciones en este Tribunal, han comparecido el procurador D. Luciano Rosch Nadal en nombre y representación de la mercantil Auxiliar General de Electromedicina, S.A., como parte recurrente, y el procurador D. Francisco José Abajo Abril, en nombre y representación de Bankia, S.A., como parte recurrida.
Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Procede admitir el recurso de casación, dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso al recurso.
Segundo.- Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición con sus documentos adjuntos a la parte recurrida comparecida ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la correspondiente Secretaría de la Sala.
Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA
-
ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la mercantil Auxiliar General de Electromedicina, S.A. contra la sentencia dictada, el 21 de enero de 2013, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 9ª), en el rollo de apelación nº 777/2012 , dimanante del juicio ordinario nº 995/2011 del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Valencia.
-
Dese traslado por el secretario de la Sala del escrito de interposición del recurso, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la correspondiente Secretaría de la Sala .
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.