ATS, 9 de Diciembre de 2015

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2015:9749A
Número de Recurso2534/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 9 de Diciembre de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Diciembre de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de la entidad mercantil "PROJIMOSA, S.L." presentó escrito de interposición de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada, con fecha 27 de junio de 2014, por la Audiencia Provincial de Granada (Sección 3ª) en el rollo de apelación nº 294/2014 dimanante de los autos de juicio cambiario nº 238/2013 del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Granada.

  2. - Remitidos los autos por la Audiencia, previo emplazamiento de las partes, se ha personado la procuradora Dña. M.ª del Carmen Palomares Quesada, en nombre y representación de la entidad "PROJIMOSA, S.L." en calidad de parte recurrente y la procuradora Dña. Rosa Martínez Serrano, en nombre y representación de "LOSADA SAN ROMAN, S.L.", en calidad de parte recurrida.

  3. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de PROJIMOSA, S.L. al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose causa legal de inadmisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 473 y 485 LEC , entréguese copias del escrito de interposición de los recursos de casación y recurso extraordinario por infracción procesal formalizados por la representación de PROJIMOSA, S.L. con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. - ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN Y EL RECURSO EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL interpuestos por la representación procesal de la entidad mercantil "PROJIMOSA, S.L." contra la sentencia dictada, con fecha 27 de junio de 2014, por la Audiencia Provincial de Granada (Sección 3ª) en el rollo de apelación nº 294/2014 dimanante de los autos de juicio cambiario nº 238/2013 del Juzgado de Primera Instancia nº 15 de Granada.

  2. - Y entréguese copia de los escritos de interposición de los recursos de casación y recurso extraordinario por infracción procesal formalizados, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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