STSJ Navarra 200/2015, 1 de Julio de 2015

PonenteANTONIO RUBIO PEREZ
ECLIES:TSJNA:2015:519
Número de Recurso159/2015
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución200/2015
Fecha de Resolución 1 de Julio de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 200/2015

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE,

D. ANTONIO RUBIO PÉREZ

MAGISTRADAS,

DÑA. MARÍA JESÚS AZCONA LABIANO

Dª. Mª DE LAS MERCEDES MARTÍN OLIVERA

En Pamplona/Iruña, a uno de julio del 2015 .

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, el presente rollo de apelación Nº 159/2015 formado para la sustanciación del recurso de apelación interpuesto contra Auto de 5 de enero de 2015, por el que se deniega la suspensión solicitada en recurso interpuesto contra resolución de la Delegación del Gobierno en Navarra de 30 de octubre de 2014 acordando la expulsión de la recurrente del territorio nacional correspondiente a los autos procedentes del Juzgado Contencioso-Administrativo Nº 3 de Pamplona/Iruña del Procedimiento Abreviado nº 18/2015, siendo partes: como apelante, Dª. Virtudes, representada por la Procuradora Dña. ANA IMIRIZALDU PANDILLA y dirigido por la Letrada Dª. SILVIA ROSA VELÁZQUEZ MANRIQUE ; y, como apelada, DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN NAVARRA, representada y dirigida por el ABOGADO DEL ESTADO, venimos en resolver en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En fecha 5 de febrero de 201 s e dictó Auto por el Juzgado Contencioso-Administrativo Nº 3 de Pamplona/Iruña cuyo fallo contiene el tenor literal siguiente: "No ha lugar a la suspensión solicitada instada como medida cautelar en el proceso del que dimana la presente pieza iniciado por la Procuradora Sra. Imirizaldu en nombre y representación de Virtudes ."

SEGUNDO

Por la parte actora se ejercitó recurso de apelación en el que solicitaba su estimación con revocación de la sentencia apelada y al que se dio el trámite legalmente establecido.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a la Sala y formado el correspondiente rollo, tras las actuaciones legalmente prevenidas, se señaló para votación y fallo el día 30 de junio de 2015 .

Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO RUBIO PÉREZ quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El auto apelado rechaza la adopción de la medida cautelar interesada por la demandante en la instancia consistente en la suspensión de la orden de expulsión contra ella acordada como ciudadana extranjera. Considera...

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