STSJ Comunidad Valenciana 546/2009, 20 de Febrero de 2009

PonenteFRANCISCO JOSE PEREZ NAVARRO
ECLIES:TSJCV:2009:320
Número de Recurso1486/2008/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución546/2009
Fecha de Resolución20 de Febrero de 2009
EmisorSala de lo Social

546/2009

2

Rec.c/sent.nº 1486/2008

Recurso contra Sentencia núm. 1486/2008

Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro

Presidente

Ilma. Sra. Dª Teresa Pilar Blanco Pertegaz.

Ilma. Sra. Dª. Gema Palomar Chalver

En Valencia, a veinte de febrero de dos mil nueve.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 546/2009

En el Recurso de Suplicación núm. 1486/2008, interpuesto contra la sentencia de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil siete, dictada por el Juzgado de lo Social núm. trece de Valencia, en los autos núm. 474/2007, seguidos sobre Impugnación alta médica, a instancia de Dª Carmela, asistida del Letrado Dª Yolanda Bermejo Ferrer, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha treinta y uno de diciembre de dos mil siete, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por Carmela, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, en materia de Impugnación de Alta Médica, absolviendo a la demandada de las pretensiones deducidas en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La demandante Carmela, con DNI Núm. NUM000, afiliada al Régimen General de la Seguridad Social, cuya profesión es la de Auxiliar Administrativa, causó baja el 30.01.06 por Lumbalgia, iniciando situación de incapacidad temporal por contingencias comunes, hasta agotar el plazo de 12 meses. SEGUNDO.- El INSS procedió a la apertura de expediente administrativo, y tras el Informe Médico de Evaluación de Incapacidad Temporal de 7.02.07, y el Dictamen Propuesta del EVI de 7.02.07, dictó Resolución con fecha de Registro de Salida de 9.02.07, acordando que de conformidad con lo dispuesto en el art. 128.1 de la LGSS, una vez revisado y evaluado el proceso de IT que tenía reconocido, ha resuelto que una vez agotada la duración máxima de doce meses de la misma, procede emitir alta médica con fecha 7.02.07 a los exclusivos efectos de la prestación económica de incapacidad temporal. TERCERO.- La actora presentó el 19.02.03 ante el INSS escrito mediante el que impugnaba el alta médica, dictando la Entidad Gestora resolución de 24.04.07 desestimando la reclamación previa en solicitud de anulación del alta médica. CUARTO.- La actora presentaba en el momento en que fue dada de alta médica dolencias de Lumbalgia, con dolor generalizado de espalda con debilidad en brazos y piernas. Estudiada por múltiples servicios, COT, C.Vascular, RHB, Nuerocirugía, U. Dolor, con multiples exploraciones complementarias, presentado según neurocirugía discopatía C5-C6, C6-C7 y L5-S1. Nurología descarta patología central y U. Dolor recomienda realizar ejercicio físico. QUINTO.- La Base Reguladora de la prestación es la de 88,26 euros diarios mantenida en juicio por el INSS, coincidente con el informe de bases de cotización obrante en la documental de la actora.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. El recurso interpuesto se estructura en dos motivos. El primero se formula al amparo del artículo 191.b) de la Ley de Procedimiento Laboral para que se revise el ordinal 4º del relato histórico del que ofrece la siguiente redacción alternativa: "La actora presentaba en el momento enque fue dada de alta médica fecha 7-2-07 enconcreto el Dr. Don Secundino, Valorador del INSS a los efectos del Alta dolencia de lumbalgia, con dolor generalizado de espalda y fatiga crónica muscular, con debilidad de en brazos y piernas, dificultad para caminar. El 24-1-2007, por el servicio de Neurología del Hospital General se le diagnostica discopatía cervical y lumbar con impotencia funcional por el dolor; la Dra. Propone tratamiento en la Escuela de la Espalda, RHB y traumatología para determinar si hay o no intervención quirúrgica. Se programa intervención quirúrgica de laminectomía más discectomía por hernia discal, firmando el consentimiento a 16 de febrero de 2007. Estudiada por múltiples servicios COT, C.Vascular, RHB, Neurocirugía, Unidad del Dolor, Salud Mental, Urgencias, con soporte...

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