SAP Madrid 259/2015, 29 de Julio de 2015

PonenteJUAN LUCAS UCEDA OJEDA
ECLIES:APM:2015:13389
Número de Recurso282/2015
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución259/2015
Fecha de Resolución29 de Julio de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 14ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Decimocuarta

C/ Ferraz, 41, Planta 4 - 28008

Tfno.: 914933893/28,3828

37007740

N.I.G.: 28.079.42.2-2013/0137796

Recurso de Apelación 282/2015

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 07 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 1089/2013

APELANTE: D. Edmundo y D. Feliciano

PROCURADOR Dª. BEATRIZ RUANO CASANOVA

APELADO: UNION PROGRESO Y DEMOCRACIA

PROCURADOR D./Dña. MARIA JOSE BUENO RAMIREZ

MINISTERIO FISCAL

SENTENCIA

ILMOS/AS SRES./SRAS. MAGISTRADOS/AS:

D. PABLO QUECEDO ARACIL

D. JUAN UCEDA OJEDA

D. SAGRARIO ARROYO GARCÍA

En Madrid, a veintinueve de julio de dos mil quince.

Siendo Magistrado Ponente D. JUAN UCEDA OJEDA

La Ilma. Audiencia Provincial de esta Capital, constituida por los Sres. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles Procedimiento Ordinario 1089/2013 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Madrid, en los que aparece como parte apelante D. Feliciano y D. Edmundo representados por la Procuradora Dª BEATRIZ RUANO CASANOVA y defendidos por el Letrado D. JAVIER IGLESIAS REDONDO, y como parte apelada UNION PROGRESO Y DEMOCRACIA, representada por la Procuradora Dña. MARIA JOSE BUENO RAMIREZ y defendida por el Letrado D. ANDRES HERZOG SANCHEZ, siendo también parte el MINISTERIO FISCAL; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra Sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 24/11/2014 .

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la Sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 07 de Madrid se dictó Sentencia de fecha 24/11/2014, cuyo fallo es del tenor siguiente:

"Que ESTIMANDO sustancialmente la demanda de juicio ordinario interpuesta por la Procuradora Dª María José Bueno Ramírez, en nombre y representación de Unión Progreso y Democracia (UPyD), contra D. Edmundo y D. Feliciano, debo DECLARAR Y DECLARO que las declaraciones efectuadas por D. Edmundo a fecha 16 de julio de 2013 en el programa de Radio Nacional de España "El día menos pensado", y por D. Feliciano a fecha 23 de julio de 2013 en el programa de TeleMadrid "Kilómetro Cero" acusando a UPyD de financiación ilegal constituyen una intromisión ilegítima en el derecho al honor del partido pólitico demandante CONDENANDO a los expresados demandados a estar y pasar por la anterior declaración y a indemnizar en forma solidaria al demandante en la cantidad de 20.000 #, en concepto de indemnización, y a publicar, a su costa, el encabezamiento y fallo de esta Sentencia en dos diarios de tirada nacional.

Se imponen las costas procesales causadas a los demandados".

SEGUNDO

Notificada la mencionada resolución, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada D. Edmundo y D. Feliciano, al que se opuso la parte apelada UNION PROGRESO Y DEMOCRACIA y tras dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la LEC, se remitieron las actuaciones a esta sección, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

Por Providencia de esta Sección, se acordó para deliberación, votación y fallo el día 15 de julio de 2015.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan y reproducen los razonamientos jurídicos de la sentencia apelada salvo el identificado con el número quinto, como a continuación se expondrá.

PRIMERO

El partido político Unión Progreso y Democracia (UPyD) presento demanda de juicio ordinario, al amparo de la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo de protección al derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen, contra don Edmundo y don Feliciano, Diputados del Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados, solicitando que se declare que la conducta de los demandados que se describe es constitutiva de una intromisión ilegítima en el honor de la demandante y se les condenara a estar y pasar por las anteriores declaraciones, a que se publique la sentencia a su costa en dos diarios de tirada nacional, a que solidariamente, o subsidiariamente por mitades, abonen la suma de 500.000 euros y al pago de las costas procesales, en base a los siguientes hechos.

El día 16 de julio de 2013, martes, el programa de Radio Nacional de España "el día menos pensado" dirigido por el periodista Carlos Miguel contó como invitado con el diputado del Partido Popular don Edmundo que fue preguntado de forma casi exclusiva sobre el escándalo de los papeles de Bárcenas y la presunta trama de financiación ilegal vinculada al Partido Popular que era objeto de investigación judicial. Al llegar a la parte final de la entrevista el demandado realizó las siguientes manifestaciones "Mire, yo veo aquí mucha hipocresía y mucho cinismo en algunos. La semana pasada conocimos el informe del Tribunal de Cuentas relativo al año 2008. Ese informe del Tribunal de Cuentas, algunos que se rasgan las vestiduras todos los días salían mal parados. Izquierda Unida no ha entregado numerosas cuentas de su contabilidad. Ya no voy a hablar de cómo tienen el embargo de sus sedes y qué hacían con el dinero de las prestaciones de sus trabajadores a la Seguridad Social. Pero es que UPyD que era un partido que se creó en el año 2007, verdad, cuando se le ha hecho la primera investigación sobre sus cuentas en el año 2008 el Tribunal de Cuentas ha dicho que se ha financiado ilegalmente y la señora Nieves va por ahí dando o intentando dar lecciones, verdad, de legitimidad democrática, cuando su partido, dirigido por ella misma y con un solo Diputado el Tribunal de Cuentas ya ha dicho el primer año que se ha financiado ilegalmente y que ha infringido lo previsto en la Ley de Financiación de Partidos Políticos. Oiga, es que mire, hay algunas cosas que ya está bien y algunas personas que van por ahí dando lecciones cuando lo que tienen es el pañal muy sucio".

Por su parte el también diputado del Partido Popular don Feliciano acudió como invitado al programa Kilómetro 0 de TeleMadrid emitido el pasado martes 23 de julio de 2013, en el que a lo largo de todo su desarrollo se debatieron diversos temas de la actualidad política, acabando finalmente con el asunto de los papeles de Bárcenas. Pues bien, transcurrida 1 hora y 15 minutos del programa y contestando a una intervención de otro invitado, el portavoz de UPyD en el Ayuntamiento de Madrid don Carlos, el señor Feliciano acuso igualmente al partido político actor de haberse financiado de forma ilegal, con las siguientes palabras "Tu dices que exiges responsabilidades políticas. Bien. Yo te digo una cosa. ¿Qué responsabilidad política exiges tu a UPyD que en el primer año que tiene un diputado, año 2008, el Tribunal de Cuentas, en el informe del Tribunal de Cuentas del año 2008, dice que UPyD tiene financiación ilegal, irregular, de 28.000 euros"

Tras tomar la a la hora y 18 minutos del programa el señor Feliciano se dirige al portazo de UPyD del Ayuntamiento indicando que "yo te pido por favor que pidas ahora mismo la dimisión de Nieves, por la financiación ilegal que el Tribunal de Cuentas ha dicho en el año 2008 de UPyD; yo te pido por favor que aquí, en este programa, pidas la dimisión de Nieves, lo mismo que estas pidiendo la dimisión de Moises . Es que no se puede jugar a pedir dimisiones y cuando llega tu propio partido, en el primer año que tenéis un diputado nacional, imagínate tu los próximos años como va a venir la cosita..".

Como puede comprobarse del análisis del Informe de fiscalización de los estados contables de los partidos políticos y de las donaciones percibidas por las fundaciones vinculadas orgánicamente del ejercicio 2008 elaborado por el Tribunal de Cuentas es absolutamente incierto que la entidad actora se hubiera financiado ilegalmente.

En concreto en el página 262 del citado informe al analizar los ingresos obtenidos por el partido UPyD vemos que se examina el total de los ingresos recibidos por donativos y de las donaciones dinerarias, indicando que estas figuran reflejadas, por una parte, en una cuenta de ingresos, por importe de 98.000 euros, y, por otra, en cuenta de patrimonio neto por 28.476,97 euros, indicándose de modo literal que "a este respecto, la formación política ha manifestado que mantendrá dicha cuantía indisponible en una cuenta abierta en una entidad de crédito al no poder identificarlos( a los donantes) en la medida que la entidad financiera no ha facilitado los datos de los aportantes. Por otra parte, el partido ha dado instrucciones a la entidad financiera para que no acepte ninguna donación en la que el aportante no se encuentre debidamente identificado conforme a la legislación vigente".

En las conclusiones relativas a la investigación realizada, en el apartado 13(página 270), se recoge que "existen donaciones no identificadas por un total de 293.451 euros, lo que contraviene la prohibición prevista en el artículo 5 de la LO 8/2007 de que los partidos no puedan aceptar o recibir donaciones anónimas, con el siguiente detalle: Izquierda Unida-Convocatoria por Andalucía(52.055#), Unión, Progreso y Democracia

(28.476 #) y Partido Aragonés( 212.920 #).

Figuran donaciones de personas jurídicas de los que se han facilitado el acuerdo del órgano social competente, lo que contraviene el artículo 4.2.b) de la Ley Orgánica 8/2007, correspondientes a las formaciones Unió Democrática de Catalunya (272.600 #) y Unión Progreso y Democracia( 2.931 #)

Figuran aportaciones cuya identificación no contempla alguno de los requisitos establecidos en el artículo 4.2.e), que afectan a las formaciones Unión Progreso y Democracia (9.000 euros) y PSM Entesa Nacionalista de...

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