STSJ Andalucía 2172/2015, 10 de Septiembre de 2015

PonenteMARIA BEGOÑA GARCIA ALVAREZ
ECLIES:TSJAND:2015:9876
Número de Recurso2242/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2172/2015
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2015
EmisorSala de lo Social

RECURSO: 2242/14 - I SENTENCIA Nº 2172/15

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMA. SRA. DÑA. MARIA BEGOÑA RODRÍGUEZ ALVAREZ

ILTMO. SR. D. FRANCISCO M. ÁLVAREZ DOMÍNGUEZ

ILTMA. SRA. Dª. MARÍA BEGOÑA GARCÍA ÁLVAREZ

En Sevilla, a 10 de septiembre de 2015

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM.2172/15

En el recurso de suplicación interpuesto por Elisa contra la sentencia del Juzgado de lo Social número OCHO de los de SEVILLA en sus autos Nº 626/13; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARÍA BEGOÑA GARCÍA ÁLVAREZ, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Elisa contra AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS sobre DESPIDO se celebró el juicio y se dictó sentencia el día cinco de febrero de dos mil catorce por el Juzgado de referencia, con DESESTIMACION de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

Dña. Elisa, mayor de edad y con DNI NUM000, viene prestando su actividad por cuenta y dependencia de la AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS con una antigüedad reconocida desde el 12/12/02, con categoría profesional de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales (Grupo 1), percibiendo un salario bruto mensual por todos los conceptos de 2.365,10 euros.

SEGUNDO

En virtud de Sentencia de fecha 24/04/09, dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Sevilla, en los autos nº 868/08, se reconoció a Dña. Elisa el derecho a ser considerada personal laboral de carácter indefinido, con la categoría de Titulado Superior de Actividades Técnicas y profesionales, con las retribuciones que a la misma correspondieran condenando al organismo CSIC a esta y pasar por tal declaración.

Se da por reproducida la indicada Sentencia unida a los autos a los folios 37 vuelto a 41 vuelto. En virtud de resolución de fecha 20/01/10, el CSIC, procedió a ejecutar la indicada Sentencia, procediendo a la inscripción de Dña. Elisa como personal laboral indefinido no fijo, con categoría profesional de Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales (Grupo 1), con puesto de trabajo en Estación Biológica de Doñana, teniendo asignado tal puesto de trabajo el nº de identificación NUM001 .

Se da por reproducida la indicada resolución y la inscripción de la demándate como personal laboral indefinido no fijo unido a los folios 42 vuelto y 43 de los autos.

TERCERO

En la fecha del despido, Dña. Elisa, prestaba su actividad laboral en la Estación Biológica de Doñana, en Sevilla, desempeñando las funciones relacionadas en el folio nº 2 del escrito de demanda y que se dan por reproducidas al objeto de integrar los hechos probados.

CUARTO

Por Resolución de fecha 5/07/11, dictada por la Dirección General de la Función Pública, y publicada en el BOE el 12/07/11, se convocó e proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo, con la categoría de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes y titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales en la AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, sujeto al Convenio Único del personal Laboral de la Administración General del Estado, comprendiendo en el Anexo VII como plaza ofertada la nº NUM001 que venía ocupando la demandante en la Estación Biológica de Doñana.

Se da por reproducida la indicada resolución unida a os folios 47 vuelto a 73 y la rectificación de errores acordada por resolución de fecha 22/07/11, publicada en el BOE el 4/08/11, unida a los folios 74 y 74 bis.

QUINTO

Dña. Elisa, tomó parte en el proceso selectivo, no obteniendo la plaza, resultando que la plaza nº NUM001, fue adjudicada a Dña. Trinidad, en virtud de resolución de fecha 11/01/13 y publicada el 22/01/13.

Se da por reproducida la documental relativa al proceso selectivo y resolución de adjudicación de las plazas ofertas incluida la ocupada por la demandante, unida a los folios 74 vuelto a 130 vuelto.

SEXTO

Por resolución de fecha 12/03/13, dada la renuncia a la plaza nº NUM001, por Dña. Trinidad, la misma fue adjudicada a la siguiente candidata siendo la misma Dña. Ángeles .

Se da por reproducida la indicada resolución unida al folio 130 vuelto de los autos.

Dña. Ángeles, en fecha 13/04/13, suscribió un contrato de trabajo fijo, con la AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, con categoría profesional de titulado superior de actividades técnicas y profesionales, incluida en el grupo profesional 1, a tiempo completo de 37,5 horas semanales prestadas de lunes a viernes de 8:00 horas a 15:30 horas, hincándose la relación laboral en fecha 12/04/13, como consecuencia de la Resolución de 11/01/13 de la dirección General de la Función Pública por la que se adjudicaron los puestos de trabajo a los aspirantes que superaron el proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo.

Se da por reproducido el contrato suscrito unido a los folios 132 y 133 de los autos.

SÉPTIMO

En fecha 12/09/13, Dña. Ángeles solicitó su excedencia voluntaria, siendo reconocida tal situación con efectos desde el 14/10/13. Se da por reproducida la solicitud de excedencia voluntaria y la baja de Dña. Ángeles por tal motivo unido a los folios 135 a 137 de los autos.

OCTAVO

En fecha 19/03/13, la AGENCIA ESTATAL CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS comunicó a Dña. Elisa la extinción de su relación laboral con efectos de 11/04/13, en virtud de a Resolución de fecha 11/01/13 de la dirección General de la función Pública por la que e resuelve la Oferta de Empleo Público 2008/2001, y por la que se prueba la adjudicación de plazas a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo, procediendo la AGENCIA ESTATAL...

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