STSJ Andalucía 2146/2015, 10 de Septiembre de 2015

PonenteANTONIO REINOSO REINO
ECLIES:TSJAND:2015:9761
Número de Recurso2039/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2146/2015
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2015
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 2039/14 C

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL SEVILLA

EXCMO.SR.D. ANTONIO REINOSO Y REINO, Presidente

de la Sala.

ILTMO.SR.D. LUIS LOZANO MORENO.

ILTMA.SRA.Dª CARMEN PÉREZ SIBÓN.

En Sevilla, a diez de septiembre de dos mil quince.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por el Excmo. e Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

Ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 2146 /15

En el recurso de suplicación interpuesto por la letrada Doña Raquel González Castiñeira en nombre y representación de Hermandades del Trabajo Centro de Madrid, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número uno de los de Jérez de La Frontera; ha sido Ponente el Excmo. Sr. DON ANTONIO REINOSO Y REINO, Presidente de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos número 953/13, se presentó demanda por Don Edemiro, sobre despido, contra Hermandades Del Trabajo Centro de Madrid, las empresas Summa Hoteles, S.L., Kross Hotels, S.L. y Hand Your World, S.L., se celebró el juicio y se dictó sentencia el 30/01/14 por el Juzgado de referencia, en que se estimó parcialmente la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

" Primero.- D. Edemiro, con D.N.I. nº. NUM000, ha prestado servicios en el "Hotel Nuestra Señora Virgen del Rocío", sito en Avda. de la Cruz Roja nº. 38 de Chipiona, desde el 01-04-1992, con categoría profesional de "Oficial 1º de Mantenimiento", a jornada completa, en los períodos y empresas siguientes:

* Desde el 01-04-92 a 30-09-92 para la empresa HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID (183 días).

* Desde el 01-03-93 a 30-09-93 para la empresa HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID (214 días).

* Desde el 01-04-94 a 30-09-94 para la empresa HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID (183 días). * Desde el 27-03-95 a 30-09-95 para la empresa HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID (188 días).

* Desde el 08-04-96 a 25-10-96 para la empresa HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID (192 días).

* Desde el 01-04-97 a 31-10-97 para la empresa HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID (214 días).

* Desde el 13-04-98 a 30-09-98 para la empresa HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID (171 días).

* Desde el 22-04-99 a 22-10-99 para la empresa HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID (184 días).

* Desde el 26-06-00 a 13-12-02 para la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. (901 días).

* Desde el 01-04-03 a 31-10-03 para la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. (214 días).

* Desde el 18-02-04 a 10-11-04 para la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. (267 días).

* Desde el 05-02-05 a 20-12-05 para la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. (319 días).

* Desde el 20-02-06 a 03-11-06 para la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. (257 días).

* Desde el 04-11-06 a 31-12-06 para la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. (58 días).

* Desde el 02-01-07 a 03-01-07 para la empresa UNISUMMA, S.A. (2 días).

* Desde el 12-02-07 a 14-12-07 para la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. (306 días).

* Desde el 15-12-07 a 30-04-08 para la empresa UNISUMMA, S.A. (138 días).

* Desde el 01-05-08 a 29-12-10 para la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. (973 días).

* Desde el 09-03-11 a 27-03-11 para la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. (19 días).

* Desde el 28-03-11 a 30-11-11 para la empresa SUMMA HOTELES, S.L. (248 días).

* Desde el 20-02-12 a 28-10-12 para la empresa SUMMA HOTELES, S.L. (251 días).

Segundo

En la temporada hotelera de 2012 la empresa SUMMA HOTELES, S.L. mantuvo en alta de forma permanente como personal de plantilla fijo discontinuo a 25 trabajadores, además contrató temporalmente a otro personal por sustitución o acumulación de tareas.

Tercero

La empresa SUMMA HOTELES, S.L. no abonó a la finalización del Contrato la liquidación de los salarios de los meses de Septiembre y Octubre, ni la parte proporcional de las pagas extras de Octubre y Diciembre de 2012, ni las devengadas respecto de las pagas de Julio y Octubre de 2013, ni las vacaciones no disfrutadas.

Cuarto

A partir del 24 de Abril de 2013 se inició la apertura del Hotel para la temporada 2013, sin que el actor haya sido llamada.

El personal que ha prestado servicios en la temporada 2013, en el "Hotel Nuestra Señora Virgen del Rocío", sito en Avda. de la Cruz Roja nº. 38 de Chipiona (Cádiz), figuraba en alta en Seguridad Social para la empresa HAND YOUR WORLD, S.L., habiéndose subrogado esta empresa en parte del personal (5 trabajadores) que trabajó en la temporada anterior para la empresa SUMMA HOTELES, S.L.

No obstante, en el año 2013 el Hotel aparece anunciado en las paginas de internet como "HOTEL KROSS NUESTRA SEÑORA DEL ROCIO", habiendo abonado las nominas del personal como empleadora en el año 2.013 la empresa KROSS HOTELS, S.L. pese a figurar el personal en alta en Seguridad Social en el número de patronal de la empresa HAND YOUR WORLD, S.L.

Quinto

La empresa KROSS HOTELS, S.L. ha abonado al personal subrogado desde la empresa SUMMA HOTELES, S.L. la liquidación de las cantidades no abonadas por esta empresa a la finalización de la temporada 2.012.

Sexto,- La empresa HAND YOUR WORLD, S.L. figura en alta en la Seguridad Social en el año 2013 en el domicilio del "Hotel Nuestra Señora Virgen del Rocío", sito en Avda. de la Cruz Roja nº. 38 de Chipiona (Cádiz). También figura en alta en otros diversos domicilios de otras ciudades y provincias con otros números de patronal.

En el citado domicilio consta dada de alta en Seguridad Social con el número de cuenta NUM001 . No obstante, el personal que prestaba servicios en el Hotel referido figura en alta en la cuenta NUM002 que es la que aparece a nombre de la misma empresa en el domicilio de Cortijo Urb. Torrealmádena, de Benalmádena (Málaga).

Séptimo

El salario del actor a la fecha de 24-04-13 en que se realizó el llamamiento del personal, de acuerdo con lo dispuesto en el C.C. de Hostelería de la Provincia de Cádiz, era el siguiente:

Mensual Anual .

Salario base ...... 1.091,64# 13.099,68#

Plus antigüedad ... 80,95# 971,40#

Garantía personal . 124,08# 1.488,96#

P/p pagas extras .. 324,17# 3.890,01#

-----------Total anual 19.450,05#

Total actualizado 2013 (0,6%) 19.566,75#

Diario .............. 53,60#

Octavo

La Entidad HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID es dueña en pleno dominio del "Hotel Nuestra Señora Virgen del Rocío", sito en Avda. de la Cruz Roja nº. 38 de Chipiona (Cádiz).

Dicho Hotel venía siendo explotado directamente por la citada Entidad hasta el 04-01-00, en explotación restringida a los afiliados de las Hermandades de Trabajo y tenía en aquella fecha una plantilla de personal fijo discontinuo de 16 trabajadores, más los que se contrataban temporalmente para necesidades coyunturales.

Noveno

Con fecha 04-01-00 la Entidad HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID

formalizó con la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. (Sociedad del grupo empresarial malagueño SUMMA HOTELES) un denominado contrato de Arrendamiento de Industria.

La empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. se subrogó en el personal fijo y fijo discontinuo que figuraba adscrito al Hotel con la Entidad HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID.

Décimo

Con fecha 11 de Febrero de 2003 la Entidad HERMANDADES DEL TRABAJO-CENTRO DE MADRID y la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L. formalizaron un nuevo contrato denominado igualmente de Arrendamiento de Industria, que reproducía prácticamente el anterior y cuyos anexos eran los incorporados en el contrato d e 04-01-00.

Undécimo

Las empresas M.F. TURISCONTROL, S.L., UNISUMMA, S.A. (no demandada) y SUMMA HOTELES, S.L. pertenecen todas ellas al grupo empresarial malagueño SUMMA HOTELES.

Duodécimo

Con fecha 28-03-11 la empresa SUMMA HOTELES, S.L. asumió la gestión del Hotel y se subrogó expresamente por escrito en los trabajadores del Hotel que en el año anterior habían prestado servicios para la empresa M.F. TURISCONTROL, S.L., del mismo grupo empresarial.

Decimotercero

Hasta esa fecha los trabajadores del Hotel, a pesar de prestar servicios en el mismo Centro de trabajo, han venido causando altas y bajas en cada una de las distintas empresas del grupo SUMMA HOTELES, incluso figurando en un mismo periodo unos trabajadores de alta en una empresa y otros trabajadores en otra.

Decimocuarto

La empresa SUMMA HOTELES, S.L. ha gestionado el Hotel durante la temporada de funcionamiento del mismo de los años 2011 y 2012.

El grupo gestionaba en el año 2012 hasta 9 establecimientos hoteleros, cuya gestión ha abandonado

Decimoquinto

A partir del mes de Abril de 2013 se hizo cargo de la explotación del Hotel la empresa HAND YOUR WORLD, S.L. que se subrogó expresamente y por escrito en algunos trabajadores de los que habían prestado sus servicios para SUMMA HOTELES, S.L. en el Hotel durante el año 2012 (unos 5 trabajadores). El resto del personal lo ha sido de nueva contratación sin relación anterior con el Hotel.

El personal subrogado se comenzó a incorporar a su puesto de trabajo en el Hotel a partir del día 22 de Abril de 2.013 y el personal de nueva contratación mayoritariamente a partir del 01-05-13.

Decimosexto

La actora no ostenta, ni ha ostentado en el año anterior, cargo de representación legal o sindical de los trabajadores.

Decimoséptimo

El día 03-05-13, la actora presentó papeleta de conciliación ante el CEMAC, frente a las empresas SUMMA HOTELES, S.L. y KROSS HOTELS, S.L., cuyo acto se celebró el día 15-05-13, que finalizó con el resultado de «Intentado sin Efecto», constando debidamente citada en el CEMAC sólo KROSS HOTELS, S.L."

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada Hermandades del Trabajo Centro...

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