STSJ Murcia 836/2015, 1 de Octubre de 2015

PonenteJOSE MARIA PEREZ-CRESPO PAYA
ECLIES:TSJMU:2015:2171
Número de Recurso616/2012
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución836/2015
Fecha de Resolución 1 de Octubre de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MURCIA SALA 1 CON/ADMURCIA SENTENCIA: 00836/2015 RECURSO núm. 616/2012

SENTENCIA núm. 836/2015

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCION PRIMERA

Compuesta por los Iltmos. Sres.:

Dña. María Consuelo Uris Lloret

Presidenta

D. Indalecio Cassinello Gómez Pardo

D. José María Pérez Crespo Payá

Magistrados

Han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA Nº 836/15

En Murcia, a uno de octubre del dos mil quince.

En el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO nº 616/12, tramitado por las normas de PROCEDIMIENTO ORDINARIO, en cuantía indeterminada, y referido a toma de conocimiento del Texto Refundido de Revisión del PGMO.

Parte demandante: la Comunidad General de Propietarios de la DIRECCION000, representada por la Procuradora Sra. Gallardo Amat y dirigido por el Letrado Sr. Morenilla Zamora.

Parte demandada: La Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y defendida por letrado de sus servicios jurídicos.

Parte codemandada: El Ayuntamiento de Cartagena, representado por la Procuradora Sra. Mercader Roca y dirigido por el Letrado Sr. Martín Portugués

Acto administrativo impugnado: Orden de diecisiete de julio del dos mil doce, del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia relativa a la toma de conocimiento del Texto Refundido de la Revisión del PGMO de Cartagena.

Pretensión deducida en la demanda: Que se dicte sentencia por la que estimando el recurso, se anule la misma, en lo que respecta a la derogación de la aplicación de la ordenación del Plan Atamaría para el ámbito originario de este, debiendo de recoger el Plan General de Ordenación Urbana de Cartagena, de acuerdo con lo manifestado en su memoria justificativa, la incorporación de la Ordenación íntegra existente en el Plan Parcial de Atamaría, para todo el ámbito originario de este.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José María Pérez Crespo Payá, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso administrativo, una vez admitido a trámite, y recibido el

expediente administrativo, la parte demandante formalizó su demanda, deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

Dado traslado de aquella a la Administración demandada, aquella se opuso al recurso e interesó su desestimación, con imposición de costas a la parte actora.

Igualmente se dio traslado al Ayuntamiento de Cartagena que se opuso a este e interesó su inadmisibilidad y, en su defecto, su desestimación.

TERCERO

Fijada la cuantía del recurso por el Secretario, se recibió el recurso a prueba, practicándose la declarada pertinente con el resultado que es de ver en autos.

CUARTO

Concluido el periodo probatorio, las partes formularon sus conclusiones, señalándose para la votación y fallo el día veinticinco de septiembre del dos mil quince, quedando, a continuación, las actuaciones conclusas y pendientes de esta.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dirige la recurrente el presente recurso contencioso-administrativo, como ha quedado

expuesto, contra la Orden de diecisiete de julio del dos mil doce, del Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia relativa a la toma de conocimiento del Texto Refundido de la Revisión del...

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